Una mujer golpeada en una riña familiar solicitó auxilio en el retén de seguridad de la policía estatal en la colonia Jacobo Meyer, al poniente de la ciudad de Torreón. Aproximadamente a la una de la madrugada del sábado 25 de mayo, Janet Rodríguez, de 31 años de edad, arribó al punto de control del PEC pidiendo ayuda a los uniformados. Sangraba profusamente de la cabeza y afirmaba haber sido agredida. Los oficiales pidieron la presencia de socorristas, y una ambulancia de la Cruz Roja Mexicana acudió al auxilio.
Los técnicos en urgencias médicas de la benemérita institución atendieron a la lesionada, que tenía heridas sangrantes en el cuero cabelludo. Por tal motivo, la trasladaron al hospital de la Cruz Roja para su atención médica especializada.
¿Quién agredió a la mujer al poniente de Torreón?
La afectada, que se encontraba en estado inconveniente, requería de suturas, además de radiografías para descartar cualquier lesión de consideración.
Ella declaró a las autoridades que el agresor fue su propio hermano. Por razones que se desconocen, estaban peleando y, en algún momento, su familiar le lanzó piedras. Algunos de los proyectiles la alcanzaron en la cabeza y, al ver que sangraba, corrió al retén de la policía estatal en busca de ayuda. Fue ingresada al área de urgencias, donde su estado de salud se reporta como fuera de peligro.
¿Cuál es la pena por lesiones en Coahuila?
El Código Penal de Coahuila establece las siguientes sanciones a quien con dolo afecte la salud a otra persona:
Delito lesiones leves: Se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa, cuando la o las lesiones tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta, y no pongan en peligro la vida.
Lesiones gravísimas que ponen en peligro la vida: Se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa, cuando la o las lesiones inferidas coloquen a la víctima en peligro concreto de morir.
Lesiones gravísimas por pérdida de funciones, miembros u órganos: De cuatro a nueve años de prisión y multa, si la o las lesiones producen la pérdida de cualquier función de alguna facultad, miembro u órgano, cuyas funciones no sean sustituidas por otro.
Lesiones gravísimas por parálisis, enfermedad incurable o deformidad grave: Se le impondrá de cinco a doce años de prisión y multa, cuando las lesiones ocasionen parálisis permanente de ambas piernas, o de uno o los dos brazos o manos, o causen paraplejia permanente de por lo menos una tercera parte del cuerpo, u originen una enfermedad incurable, o cuando las lesiones dejen alguna deformidad.