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Famosos cantan "Las mañanitas" a la Virgen de Guadalupe
Hoy a las 11pm con @Canal_Estrellas no dejen de acompañarnos en las tradicionales mañanitas a nuestra Virgen de Guadalupe. Le canto una canción de mi amigo productor y autor #lucianoluna ! Ahí estaremos festejando a la Reina!
Mi Lu!! Siempre me emocionas cuando le cantas a nuestra Santa Virgen de Guadalupe, preciosa canción!!! pic.twitter.com/OXrpFaWS32
Bebé al borde de la muerte; su hermano de tres años le disparó
Aracely Arámbula hace grosería a la Virgen de Guadalupe y la atacan
"Que mal plan en tu foto se ve que no sabes ni que onda".
"Cómo porque tapar ala virgen con el rostro
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Indigna arresto de una mujer con bebé en brazos en EE.UU.
El video del arresto de una mujer con un bebé en brazos en Nueva York, Estados Unidos, ha desatado indignación debido a la manera de actuar de un grupo de policías que usaron la fuerza para separar a la mujer de su hijo.
Las imágenes de más de dos minutos de duración fueron captadas por unteléfono celular y difundidas en las redes sociales. La madre, responde al nombre de Jazmine Headley y tiene 23 años, cuando se vio acorralada por los agentes comenzó a gritar, "están haciendo daño a mi niño", "se los pido por favor".
Las reacciones en internet por el proceder de los policías no se hicieron esperar y los usuarios reprobaron su proceder.
Las autoridades argumentaron que detuvieron a Jazmine cuando se encontraba en la Oficina de Recursos Humanos del distrito de Brooklyn por resistir el arresto, actuar de manera perjudicial para un niño, obstruir la administración gubernamental y entrar en un lugar sin autorización.
Aseguraron que existe una orden judicial en su contra del estado de Nueva Jersey e investigarán hasta el fondo sobre todo lo que ha sucedido. Por el momento, dos agentes implicados en el arresto han sido asignados a otros deberes mientras se aclara lo que ocurrió. UN O.
Legado peñista: un cúmulo de amparos de militares en retiro
(Proceso).- Andrés Manuel López Obrador hereda del gobierno peñanietista un cúmulo de juicios de amparo de militares en retiro a quienes se les ha negado el derecho de ascenso por haber dejado las Fuerzas Armadas.
De 2013 a la fecha se han presentado ante tribunales en diversas partes del país numerosos juicios de amparo contra el gobierno del entonces presidente Enrique Peña Nieto y sus secretarios de la Defensa, Salvador Cienfuegos, y de Marina, Francisco Soberón, a quienes se acusa de violar la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas al negarle al personal militar en retiro el derecho de obtener ascensos.
El tema llegó incluso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual resolvió el pasado 11 de mayo, al analizar una controversia constitucional, que la Secretaría de la Defensa (Sedena) violó los derechos de sus integrantes en retiro.
Sin embargo, la resolución no ha sido acatada pues, según algunos mandos afectados, los exconsejeros jurídicos de la Presidencia, Humberto Castillejos, y de la Sedena, Alejandro Ramos, cabildearon con jueces y magistrados para que se detuvieran los amparos.
Según fuentes militares consultadas por este semanario, no hay una versión oficial de las razones por las cuales el general Cienfuegos decidió no acatar los artículos 27 y 16 de la ley castrense, que le otorga el derecho a un efectivo militar de ascender en automático al puesto superior a la hora del retiro y de esa manera recibir mejores prestaciones.
La decisión del general Cienfuegos, sin embargo, sorprendió en todos los niveles de mando de las Fuerzas Armadas, pues se aplicó sin previo aviso.
A partir de entonces comenzaron a presentarse las demandas de amparo contra Peña Nieto; según los militares consultados son cientos los casos, aunque algunos de ellos no han seguido el litigio por los gastos económicos que ello implica.
Pero luego de que la SCJN resolvió a su favor, aumentaron los juicios contra Peña Nieto –quien fue el jefe supremo de las Fuerzas Armadas– y también contra el almirante Soberón, por ser parte de las mismas, y contra Cienfuegos, quien decidió no acatar la ley militar.
Tretas legales
Los afectados por la decisión de Cienfuegos explican al reportero que una vez que se presentaron los primeros juicios de amparo, en 2013, los altos mandos del Ejército modificaron el artículo 16 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas para impedir que los militares que pasaran a retiro pudieran portar las insignias del grado inmediato superior.
Pero dicho cambio va en sentido contrario al artículo 27 de la misma ley, que señala que “los militares que por resolución definitiva pasen a situación de retiro, ascenderán al grado inmediato únicamente para ese fin y para el cálculo del beneficio económico correspondiente, considerando los años de servicio en relación con el tiempo en el grado…”, precisa uno de los afectados.
En el amparo en revisión RA-370/2014-6362, tramitado ante el juez decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, se señala la inconstitucionalidad del artículo 16 del Reglamento de la Ley Militar modificado por el general Cienfuegos el 10 de mayo de 2013: “Viola el principio de subordinación jerárquica al ir más allá de lo dispuesto por el diverso 27 de dicha ley, en específico, porque el mencionado reglamento acota el beneficio de ascender al grado inmediato cuando se pase a situación de retiro únicamente para el cálculo y el otorgamiento del beneficio económico, siendo que la ley no lo limita al beneficio económico, sino que abarca todos los aspectos relacionados con la situación de retiro, entre los que se encuentra la obtención de la patente de grado correspondiente”.
Varios militares de alto rango consultados por Proceso señalan que se han acumulado las demandas de juicio de amparo por los afectados y aunque algunos, por cuestiones económicas, desistieron en el pasado de mantener sus reclamos en tribunales, otros decidieron continuar, con la esperanza de obtener los beneficios que marca la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
“De esta forma muchos mandos comenzaron a combatir la injusta orden del general Cienfuegos a través de sus abogados en tribunales en toda la República, obteniendo resultados disímbolos, producto de distintos criterios jurídico-administrativos de jueces y tribunales”, indica uno de los mandos consultados, quien pidió el anonimato ante eventuales represalias.
Señala que fue evidente el cabildeo que hicieron ante tribunales Castillejos y Ramos para detener las demandas de amparo.
Alejandro Ramos Flores es señalado como el autor de la estrategia de contención mediante una labor de zapa con funcionarios de la SCJN y otros servidores públicos, para que las demandas de amparo prosperaran.
“Sin embargo, el resultado fue ambivalente y muchos magistrados y jueces mantuvieron una postura íntegra y decidieron a favor de los afectados y de la justicia. Ante esta situación, tanto a Castillejos como al (ex)asesor jurídico de la Secretaría de la Defensa no les quedó más remedio que acudir a textos plagados de tecnicismos para no acatar las determinaciones de los ministros, jueces y magistrados”, explica el mando militar.
No obstante, ante la diversidad de criterios y la existencia de la contradicción de tesis 37/2016, destaca que la SCJN ordenó la integración de un pleno en materia administrativa del Primer Circuito en el Distrito Federal, integrado por 20 magistrados, para resolver sobre el tema.
“Dicho pleno tuvo lugar en septiembre de 2016 con la ponencia del magistrado Jesús Antonio Nazar Sevilla y la presencia de 19 magistrados , registrándose una votación de 15 a 4 a favor de los militares amparados, emitiéndose en el Semanario Judicial de la Federación el resultado en el cual se declara que el artículo 16 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas viola el principio de subordinación jerárquica al alterar y/o modificar el contenido de la ley, dejando en claro que en lo subsecuente no se debería de aplicar en casos análogos”, dice la fuente castrense.
Pese a esta resolución de la Suprema Corte, los abogados militares intentaron dar una salida al diferendo con acuerdos que se contradecían entre sí, pues en algunos se precisaba el grado al que ascendía el mando en retiro y en otros no.
“Los abogados militares le propusieron al general Cienfuegos un texto amañado que evade el cabal cumplimiento de lo resuelto por el pleno de los magistrados y que coloca a los demandantes en estado de indefensión y falta de certeza jurídica”, agrega.
El mando militar señaló que al no ser claros en su contenido y emitir criterios ambivalentes, la segunda sala de la SCJN emitió el pasado 11 de mayo una jurisprudencia ordenando que en dichos acuerdos, emitidos y firmados por el secretario de la Defensa Nacional, debería precisarse el grado al que el militar pase en situación de retiro.
“Si el acuerdo administrativo de que se trata constituye un acto de autoridad que define unilateralmente la situación de retiro de los militares, resulta necesario que en él se fije con claridad el grado que servirá de base para otorgar y calcular los derechos propios de esa situación de retiro, a efecto de cumplir con el principio de legalidad reconocido en el artículo 16, primer párrafo, de la Constitución Federal, y evitar que exista incertidumbre en el goce y ejercicio de los derechos a que se accede con el retiro”, refiere la resolución 28813 publicada en el Semanario Judicial de la Federación.
Pese a esta resolución de la SCJN, en la Sedena no han dado marcha atrás a la decisión de no reconocer los derechos de los efectivos militares en retiro.
“Esta actitud representa una forma grotesca de abuso de poder de la Secretaría de la Defensa. Ojalá que el nuevo Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión enfoquen su atención a este desbalance de poderes y ajusten conductas autocráticas, caprichosas y excesivas de todos y cada uno de los funcionarios”, señala un alto mando que tiene un amparo a su favor.
Insiste: “Los hechos y los documentos están a la vista, son públicos; sólo hace falta la voluntad sensata y desinteresada para corregir el mal causado a tantos por caprichos de pocos”.
Encuentran cuerpo de adolescente en una presa
El cuerpo sin vida de un adolescente fue hallado en una presa de la zona de Los Cipreses, el cual al parecer corresponde al de Abraham Enyanche Quintanar, de 17 años de edad, alumno del CCH Naucalpan, reportado como desaparecido el pasado 23 de noviembre.
La Fiscalía de Justicia del Estado de México confirmó el hallazgo del cadáver al interior de la presa Las Julianas, en la zona de Los Cipreses, Naucalpan, aunque realiza la identificación correspondiente para confirmar que los restos corresponden a los de Abraham.
“Personal de la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de Delitos en Materia de Desaparición Forzada y Desaparición cometida por Particulares de la FGJEM, acudió al lugar para realizar las diligencias necesarias y trasladar el cuerpo, al cual no se le observan lesiones a simple vista, a la Coordinación General de Servicios Periciales de esta Institución, en donde se llevarán a cabo las labores de identificación y se determinarán las causas del fallecimiento”, afirmó.
El pasado 23 de noviembre, Abraham acudió al CCH Naucalpan y después fue a una fiesta organizada en un campo de Gotcha, en Los Remedios, donde fue visto por última vez.
Familiares del joven de 17 años de edad organizaron brigadas de búsqueda y recorrieron el bosque de Los Remedios, el paradero del Metro Cuatro Caminos y el camino que el estudiante hacía de la escuela a su casa, sin resultados.
Autoridades del CCH Naucalpan, de la UNAM, emitieron en días pasados un comunicado en el que pidieron a las autoridades del Estado de México investigar la desaparición del joven.
Via: A fondo.
El dinosaurio sigue aquí: El 43% de los sindicatos pertenece al PRI
(SinEmbargo).- “En México, no son más de 10 familias las que controlan cerca del 60 por ciento de los registros sindicales”, dijo la doctora María Xelhuantzi López de la UNAM. Hasta este año, corroboran los datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el 43 por ciento de los sindicatos de trabajadores estaba concentrado en tres centrales obrerasligadas al priismo histórico: CTM, CROC y CROM.
Nombres como los de Rodolfo Gerardo González Guzmán (CROM), Carlos Aceves del Olmo (CTM), Roberto y Sergio Mendoza León (CROC), salen a relucir cuando hablamos de tres de las más poderosas confederaciones sindicales que existen en México:
La Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM), que data de 1918 y que fue la primera organización en su tipo a nivel nacional; la Confederación de Trabajadores de México (CTM), fundada en 1936 para representar a la estructura obrera, sobre todo aquella ligada al Partido Revolucionario Institucional (PRI); y la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), que fue creada en 1952 para defender a los trabajadores y que, a lo largo de los años, fortaleció la base popular del PRI.
En la actualidad, la CTM (776), la CROC (416) y la CROM (341) son las centrales obreras con más organizaciones afiliadas a nivel nacional. De ese modo, dos de cada cinco sindicatos de trabajadores registrados ante la STPS (1 mil 533 de 3 mil 579) están ligados a ellas.
La concentración de sindicatos en este tipo de estructuras corporativistas, además de evidenciar la falta de competencia sindical en el país, devela la función del sindicalismo como “instrumento de control político”, y también, “para el enriquecimiento de los dirigentes”, explicó a SinEmbargo la doctora María Xelhuantzi López, investigadora del Centro de Estudios Políticos (CEP) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
Estos grupos, que nacieron como brazos políticos del PRI y que hasta la fecha operan como centrales electorales para ciertos grupos de interés, se fueron rompiendo a lo largo de los años para generar otras centrales de trabajadores como la Confederación Revolucionaria de Trabajadores y la Confederación de Trabajadores y Campesinos.
El proceso de rompimiento, confirmó Xelhuantzi, “fue al amparo del poder. No fueron pleitos entre ellos sino que fueron alentados por el propio Gobierno; sobre todo después de la muerte de Fidel Velázquez –líder y fundador de la CTM– en 1997”.
Con la escisión, no sólo se buscó controlar a los jerarcas sindicales y a las bases obreras y trabajadoras. El interés fundamental del control de los sindicatos por parte del Gobierno mexicano siempre fue “mantener los salarios bajos y que no hubiera negociación colectiva. Porque cuando no hay sindicatos, no hay negociación y, consecuentemente, los salarios nunca suben”. Es un ardid “a favor de las empresas [o grupos fácticos] cuyo efecto secundario fueron los cacicazgos”, abundó.
En México, en los últimos 18 años, el salario mínimo se duplicó al pasar de 37.90 pesos diarios en 2000, a 88.36 pesos diarios en 2018. Esto es un aumento promedio anual de 2.80 pesos, o bien, 5.3 por ciento de crecimiento promedio anual, cantidad apenas superior al promedio anual de la inflación de los últimos tres sexenios (5 por ciento), lo que implica una estancada capacidad del poder adquisitivo de los trabajadores mexicanos.
El 1 de mayo de 2018, por ejemplo, el entonces Senador priista Isaías González Cuevas, secretario general de la CROC, aseguró que no existían posibilidades de dar a los trabajadores un aumento salarial, debido a las condiciones políticas y económicas por las que atraviesa el país.
Al conmemorar el Día Internacional del Trabajo, González explicó que aunque la central sindical que representa no se opone a mejorar las condiciones salariales de los trabajadores, empero, debían “actuar con responsabilidad” y considerar que el 85 por ciento de los negocios que generan empleo a nivel nacional son micro y pequeñas empresas que enfrentan “dificultades económicas”, por lo cual, un aumento salarial implicaría eventuales despidos.
Por contrario, manifestó que el sector privado requiere de “certidumbre y seguridad para mantener su capital en nuestra nación y lo que tenemos que hacer es crear las condiciones para que sigan invirtiendo sus recursos”.
En México, existen 49 organizaciones sindicales que aglutinan al 58 por ciento de todos los sindicatos laborales registrados ante la STPS. El resto (42 por ciento) está compuesto por sindicatos “independientes”.
Después de la CTM, CROC y CROM, las organizaciones con más sindicatos integrados son la Confederación Obrera Revolucionaria (67), la Confederación de Trabajadores y Campesinos (49), la Confederación General del Trabajo (40), así como el Congreso del Trabajo y la Federación Nacional del Ramo Textil y Otras Industrias (con 35 cada una).
Si descartamos a los 1 mil 501 sindicatos independientes, es decir, a los que no tienen afiliación a ninguna federación o confederación, la CTM, CROC y CROM acaparan el 74 por ciento de los sindicatos (2 mil 078) en manos de alguna organización.
Esta situación es aún más preocupante si consideramos que, el viernes 7 de diciembre de este año, la CTM y la CROC fueron expulsadas de la Confederación Sindical Internacional (CSI) por promover los contratos de protección patronal en México, situación que obstaculiza la libertad y la democracia sindicales.
“Dichas organizaciones corporativas –recriminó la CSI– continúan realizando acciones contrarias a los principios y valores de los trabajadores”.
En el marco de una crisis sindical en México, el 9 de diciembre pasado, el Presidente Andrés Manuel López Obrador externó que “ya no van a haber sindicatos apoyados, respaldados por el Gobierno. Ahora, los líderes van a ser nombrados en elecciones democráticas por los trabajadores” con “voto libre y secreto”.