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El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es el régimen fiscal del SAT enfocado en las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), y ofrece muchas facilidades para los nuevos y actuales emprendedores, principalmente los que están registrados como personas físicas, pero también aplica para las personas morales.
El RESICO está dirigido a las personas físicas que realizan actividades empresariales, servicios profesionales y actividades primarias con ingresos que no superen los 3.5 millones de pesos al año y las personas morales también pueden acogerse a este nuevo régimen fiscal siempre y cuando los ingresos no superen los 35 millones de pesos.
Para identificar si es una persona física o una persona moral puedes realizarlo mediante su RFC de la siguiente manera:
Personas físicas el RFC contiene 13 caracteres.
Personas morales el RFC contiene 12 caracteres.
Características del RESICO
De acuerdo con el SAT, en él tributan:
Las personas morales con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos.
Las personas físicas con actividad empresarial que ingresen menos de 3.5 millones de pesos anuales.
En el caso de las personas físicas con actividad empresarial se eliminan:
Las deducciones dado que el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es automático con base en lo facturado.
En el caso de las personas morales se permite acumular ingresos cuando, efectivamente, se perciben; esto es, mediante el flujo de efectivo.
Se propone un esquema de deducción de inversiones a menor plazo.
La determinación de los pagos provisionales deja de utilizar el coeficiente de utilidad obtenido del ejercicio fiscal anterior con el fin de apoyar a las micro y pequeñas empresas.
El contribuyente no tiene derecho a deducciones para ISR.
El contribuyente tiene derecho a deducciones para la Renta Gravable (PTU).
El IVA de las deducciones es acreditable.
Retención de 1.25% de ISR por personas morales. (Contribuyentes que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, a personas morales, estas últimas deberán retener la tasa del 1.25 %).
El contribuyente no tiene derecho al acreditamiento de ISR retenido en pagos provisionales.
Cancelación del CFDI global en el mismo mes. Los CFDI globales se emiten para todas aquellas ventas por las que ningún cliente solicitó un comprobante.
No hay cambios en lo referente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Los requisitos para inscribirte en RESICO son contar con e.firma y buzón tributario habilitado. Estar activos en el RFC, estar al corriente con obligaciones fiscales, no encontrarse en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación y tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año.
Recordatorio del SAT
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) invita a las personas físicas a cumplir con sus obligaciones fiscales para que continúen con los beneficios que brinda el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), como:
• Tasas mínimas para el pago del impuesto sobre la renta (ISR), que van de 1 a 2.5 por ciento.
• Cálculo automático de impuestos.
• Simplificación de precarga de información en las declaraciones.
• Los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.
• El pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.
• Exención en el pago del ISR, para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año, siempre y cuando hayan emitido facturas a sus clientes.
Cuidado con esto
Los contribuyentes pueden ser dados de baja sin posibilidad de reinscripción en caso de que:
Incumplir con sus obligaciones fiscales.
Omitir la presentación de tres o más pagos mensuales en un ejercicio fiscal.
No presentar la declaración anual.