Noticias de Yucatán
(notarios, sanción a notario, impunidad)
Tema: Juzgados Penales
(notarios, sanción a notario, impunidad)
Su situación legal lo pone muy cerca de una suspensión
Publicada: 5 enero 2012
Publicada: 5 enero 2012
El notario público Carlos Alfredo Evia Salazar se enfrenta al riesgo de ser suspendido de sus funciones debido al proceso judicial que se le inició por una denuncia de su esposa, Rocío Rodríguez Alayola.
Como ya informamos, la señora Rodríguez acusó al fedatario de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, luego de que aquél se negó a acatar una resolución del Juzgado 2o. de lo Familiar que lo condenó al pago de una pensión alimenticia a su esposa e hija, entonces menor de edad.
El Juzgado 8o. Penal giró una orden de aprehensión contra Evia Salazar, pero éste utilizó varios recursos legales para combatir el acuerdo, hasta que la justicia federal le negó un amparo y dejó firme la resolución judicial.
Finalmente, en la primera semana de diciembre de 2011 el tribunal penal dictó formal prisión al notario, quien hace frente al proceso en libertad.
El Juzgado 8o. giró copias del auto de formal prisión a varias autoridades, entre ellas al Instituto Federal Electoral (IFE). En este último caso fue para que suspenda los derechos políticos al fedatario.
El 29 de diciembre, Rocío Rodríguez envió al presidente del Consejo de Notarios del Estado de Yucatán, Luis López Martín, una carta en la que subraya que el 5 de diciembre se le dictó formal prisión a su esposo. Anexa al escrito una copia certificada de ese acuerdo y pide al Consejo que inicie un procedimiento para suspender de sus funciones a Carlos Evia.
La señora Rodríguez Alayola fundamenta su solicitud en la Ley del Notariado del Estado de Yucatán, que aborda el tema de la suspensión y terminación de la función notarial en su capítulo sexto.
Cita específicamente el artículo 67 de esa ley, que dispone lo siguiente:
"Son causas de suspensión del ejercicio de las funciones de un Notario Público las siguientes:
"I.- Dictarse en su contra auto de formal prisión por delitos dolosos en términos de la legislación penal, hasta que cause ejecutoria la sentencia absolutoria, se le otorgue perdón, o se deje sin efecto legal el auto de formal prisión".
Según se ve al final de la carta, se enviaron copias a la gobernadora Ivonne Ortega Pacheco y al consejero jurídico del gobierno del Estado, Sergio Bogar Cuevas González.
Ayer publicamos que López Martín declaró, en una entrevista, que sólo el Ejecutivo tiene las facultades para sancionar a los notarios que incurren en alguna irregularidad.
No obstante, el dirigente indicó que el Consejo podría proceder, si así lo considera la directiva en pleno, contra Evia Salazar.- Angel Noh Estrada
Como ya informamos, la señora Rodríguez acusó al fedatario de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, luego de que aquél se negó a acatar una resolución del Juzgado 2o. de lo Familiar que lo condenó al pago de una pensión alimenticia a su esposa e hija, entonces menor de edad.
El Juzgado 8o. Penal giró una orden de aprehensión contra Evia Salazar, pero éste utilizó varios recursos legales para combatir el acuerdo, hasta que la justicia federal le negó un amparo y dejó firme la resolución judicial.
Finalmente, en la primera semana de diciembre de 2011 el tribunal penal dictó formal prisión al notario, quien hace frente al proceso en libertad.
El Juzgado 8o. giró copias del auto de formal prisión a varias autoridades, entre ellas al Instituto Federal Electoral (IFE). En este último caso fue para que suspenda los derechos políticos al fedatario.
El 29 de diciembre, Rocío Rodríguez envió al presidente del Consejo de Notarios del Estado de Yucatán, Luis López Martín, una carta en la que subraya que el 5 de diciembre se le dictó formal prisión a su esposo. Anexa al escrito una copia certificada de ese acuerdo y pide al Consejo que inicie un procedimiento para suspender de sus funciones a Carlos Evia.
La señora Rodríguez Alayola fundamenta su solicitud en la Ley del Notariado del Estado de Yucatán, que aborda el tema de la suspensión y terminación de la función notarial en su capítulo sexto.
Cita específicamente el artículo 67 de esa ley, que dispone lo siguiente:
"Son causas de suspensión del ejercicio de las funciones de un Notario Público las siguientes:
"I.- Dictarse en su contra auto de formal prisión por delitos dolosos en términos de la legislación penal, hasta que cause ejecutoria la sentencia absolutoria, se le otorgue perdón, o se deje sin efecto legal el auto de formal prisión".
Según se ve al final de la carta, se enviaron copias a la gobernadora Ivonne Ortega Pacheco y al consejero jurídico del gobierno del Estado, Sergio Bogar Cuevas González.
Ayer publicamos que López Martín declaró, en una entrevista, que sólo el Ejecutivo tiene las facultades para sancionar a los notarios que incurren en alguna irregularidad.
No obstante, el dirigente indicó que el Consejo podría proceder, si así lo considera la directiva en pleno, contra Evia Salazar.- Angel Noh Estrada
Tema: Juzgados Penales
En contexto:
El caso Evia Salazar
Antecedentes en 2008
El 26 de agosto de 2008 el Juzgado 2o. de lo Familiar sentenció al notario Carlos Evia Salazar a pagar una pensión alimenticia de $24,000 mensuales a su esposa, Rocío Rodríguez Alayola, e hija. El fedatario se limitó a depositar pagos parciales -diez de dos mil pesos mensuales y luego otros de cinco mil y ocho mil pesos- y después se declaró insolvente. Entonces la esposa lo acusó penalmente de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar. El Juzgado 8o. Penal giró orden de aprehensión y el acusado promovió el recurso de revisión ante el Tribunal Superior. Al resultarle adverso el fallo solicitó amparo a la justicia federal. El Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del 14o. Circuito se lo negó.
Antecedentes en 2008
El 26 de agosto de 2008 el Juzgado 2o. de lo Familiar sentenció al notario Carlos Evia Salazar a pagar una pensión alimenticia de $24,000 mensuales a su esposa, Rocío Rodríguez Alayola, e hija. El fedatario se limitó a depositar pagos parciales -diez de dos mil pesos mensuales y luego otros de cinco mil y ocho mil pesos- y después se declaró insolvente. Entonces la esposa lo acusó penalmente de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar. El Juzgado 8o. Penal giró orden de aprehensión y el acusado promovió el recurso de revisión ante el Tribunal Superior. Al resultarle adverso el fallo solicitó amparo a la justicia federal. El Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del 14o. Circuito se lo negó.