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Yucatán: Afrontan jueces familiares retos a la hora de otorgar órdenes de protección

08 agosto 2018
Noticias de Yucatán. Noticias de Hoy



Decidir con rapidez en casos de emergencia, pero a la vez apegarse a la evidencia de los hechos para proteger a personas que pueden ser víctimas o estar en riesgo de violencia familiar son los principales retos para los jueces al resolver el otorgamiento de órdenes de protección contempladas en las leyes locales en la materia.

Debido a ello, jueces y juezas de control del sistema penal y del sistema familiar del Poder Judicial del Estado, magistrados del Tribunal Superior de Justicia y Consejeros de la Judicatura, participaron esta mañana en el conversatorio “Brechas y dificultades de las medidas de protección derivadas del ejercicio del derecho fundamental a vivir en un entorno familiar libre de violencia”.

Encabezados por el presidente de la sala civil y familiar del Tribunal Superior de Justicia, Dr. Jorge Rivero Evia y la magistrada integrante de esta sala Mygdalia A. Rodríguez Arcovedo, los jueces y juezas analizaron casos complejos que se presentan diariamente en los juzgados en lo relativo a la solicitud de órdenes de protección contempladas en la ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Yucatán en vigor desde 2014 y en la que se prevé que tanto la Fiscalía, como los jueces familiares y de control del Poder Judicial del Estado, tienen la facultad de otorgar órdenes de protección.

En su artículo 42 esta ley establece que las órdenes de protección “son las medidas personalísimas e intransferibles que tienen por objetivo prevenir, impedir o interrumpir los actos de violencia contra las mujeres” establecidos en la misma.

Particularmente las juezas y jueces enfrentan la necesidad de tomar una decisión rápida cuando se trata de órdenes de emergencia, las cuales tienen una temporalidad no mayor de setenta y dos horas y deben expedirse dentro de las ocho horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan, facultad que también tienen los fiscales del Ministerio Público.

En la jornada de esta mañana se abordaron temas relativos a los criterios para resolver las medidas y las pruebas necesarias; las dificultades y/o facilidades materiales que se presentan ante el juzgador; la notificación de las medidas concedidas; la participación de organismos y autoridades auxiliares y la custodia y alimentos en medidas de protección.

La jueza familiar Patricia Herrera Loría y los jueces de control Kenny Martins Burgos Salazar y de justicia familiar José Ismael Canto Can fueron ponentes en este Conversatorio que busca homologar criterios para cumplir el papel protector de la justicia, particularmente hacia las mujeres, que son las más violentadas, pero también hacia los menores e incluso hombres que pueden estar en riesgo.

Los jueces ponentes coincidieron que lo anterior encuentra uno de sus mayores retos al presentarse casos en los deben decidir la procedencia o no de la orden sin que las personas solicitantes ofrezcan evidencias. Si bien no es necesario desahogarlas, la ley establece, en su artículo 51, que al menos deben ser ofrecidas por el solicitante. En el conversatorio también participaron los consejeros de la Judicatura Sara Luisa Castro Almeida y Luis Alfredo Solís Montero.

ONU exhorta a 5 estados mexicanos a eliminar de sus códigos civiles la opción de matrimonio infantil

01 diciembre 2017
Noticias de Yucatán

La ONU exhortó hoy a que cinco estados mexicanos eliminen de sus códigos civiles la posibilidad de que menores de 18 años puedan casarse por determinación de un juez o una autoridad administrativa.
 “Si bien con la reforma al Código Civil de Chihuahua todos los estados del país han establecido los 18 años como edad mínima para casarse, aún cinco códigos civiles estatales permiten que las personas puedan casarse antes de los 18 años por determinación de un juez o una autoridad administrativa”, remarcó el organismo en un boletín.
En un comunicado conjunto, ONU-DH, ONU Mujeres, Unfpa y Unicef pidieron a los estados de Baja California, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro y Sonora armonizar sus legislaciones conforme a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y a los tratados internacionales de derechos humanos.
También exigieron “eliminar las excepciones, pues facilitan la persistencia de prácticas que violan los derechos de la infancia, particularmente los de las adolescentes y niñas en situación de mayor vulnerabilidad”.
Además, el artículo 148 del Código Civil Federal aún permite el matrimonio desde los 14 años en el caso de las adolescentes y 16 para los adolescentes, en contravención de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, expedida por el Congreso Federal.
Según los datos más recientes (provenientes de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica, ENADID 2014), en México, el 23,75 % de las mujeres de entre 15 y 54 años contrajeron matrimonio antes de los 18 años.
En 2015, del total de matrimonios registrados de menores de 15 años, el 98,4 % fueron de niñas y adolescentes mujeres.
“México debe sumar esfuerzos de manera urgente para eliminar percepciones y costumbres que permiten que, aun hoy en día, el matrimonio infantil sea considerado como una opción viable y legal en lugar de una violación de los derechos de la infancia”, señalaron las agencias de la ONU.
Por ello, la ONU llamó a las autoridades mexicanas a armonizar la legislación del país tanto a nivel federal como estatal, y con ello evitar “las terribles consecuencias del matrimonio infantil, que constituye una forma de violencia”.
“Esta práctica amenaza su desarrollo, al impedir seriamente el ejercicio del derecho a la salud y a la educación, debido a la necesidad de realizar tareas domésticas, y a la maternidad y las presiones familiares”, agregó.
La falta de acceso a la educación y la igualdad de oportunidades es una de las principales causas del matrimonio infantil.
En el 2015, 2 de cada 4 mujeres menores de 15 años que contrajeron matrimonio contaba únicamente con educación primaria, según datos de la ONU.
“La erradicación del matrimonio infantil requiere de una estrategia integral que incluya políticas y programas de protección social centrados en aliviar las dificultades socioeconómicas y favorecer el acceso a una educación de calidad”, indicó el texto.
Por ello, consideró que la armonización de códigos civiles o familiares con respecto a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes es un “paso esencial en los esfuerzos conjuntos” para poner fin a la violencia en México. EFE


Aprobado en el Congreso: Mujeres podrán casarse inmediatamente después de divorciarse

29 noviembre 2017
Noticias de Yucatán

Con 344 votos a favor y tres abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma los artículos 264 y 289, y deroga los artículos 158 y 334 del Código Civil Federal, cuya finalidad es que la mujer pueda contraer un nuevo matrimonio inmediatamente después de divorciarse.
En ese sentido, se elimina la disposición que establecía que “la mujer no puede contraer nuevo matrimonio sino hasta pasados 300 días después de la disolución del anterior, a menos que dentro de ese plazo diere a luz un hijo. En los casos de nulidad o de divorcio, puede contarse este tiempo desde que se interrumpió la cohabitación”.
Además, el dictamen remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, dispone que, en virtud del divorcio, los cónyuges recobrarán su entera capacidad para contraer nuevo matrimonio sin restricción alguna.
Al fundamentarlo, el presidente de la Comisión de Justicia, Álvaro Ibarra Hinojosa, detalló que se derogan disposiciones restrictivas para que las féminas vuelvan a casarse y se armoniza esta propuesta con otros ordenamientos jurídicos, a fin de garantizar el derecho a la igualdad, a la no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad.
Al respecto, el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido señaló que estas reformas abonan a la igualdad de género.

La legisladora priista María Gloria Hernández Madrid argumentó que el hecho de que una fémina deba esperar cuando menos 300 días para que pueda nuevamente contraer matrimonio una vez que concluyó el anterior con motivo del divorcio, “es una violación a su derecho a la igualdad ante la ley”. (24 Horas).

Deudores alimenticios incumplidos no podrán salir del país a partir de mañana

21 abril 2016
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MÉXICO  (Notimex).- A partir de mañana, los deudores de pensión alimenticia que incumplan por más de dos meses su obligación tendrán prohibido salir del territorio nacional.

La Secretaría de Gobernación publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se adiciona una fracción VI al Artículo 48 de la Ley de Migración, el cual entrará en vigor este viernes.

El artículo, que indica que la salida de mexicanos y extranjeros del territorio nacional podrá realizarse libremente, tendrá entre sus excepciones a las personas deudoras alimentarias que dejen de cumplir con sus obligaciones por un periodo mayor de 60 días.

Esta prohibición deberá aplicarse previa solicitud de la autoridad judicial competente, sin perjuicio de las excepciones previstas por la legislación civil aplicable, así como de aquellas conductas consideradas como delitos por las leyes penales correspondientes.

Señala que tratándose de extranjeros, el Instituto Nacional de Migración definirá su situación y resolverá con base en lo que se establezca en otros ordenamientos y en el reglamento de esta ley.

Los juzgados familiares de Yucatán no cumplen las expectativas

30 marzo 2016
Los juzgados familiares de Yucatán no cumplen las expectativas trazadas por el Tribunal Superior de Justicia de darle a la sociedad una justicia pronta y expedita como se ofrece.
Dirigentes de la Barra de Abogados del Estado, encabezados por su presidente William de Jesús Acevedo Azarcoya expusieron ante al Consejo de la Judicatura y magistrados del Tribunal Superior una serie de fallas sobre todo en los juzgados familiares.
Por ejemplo, señalaron que los llamados divorcios express, que se supone se resuelven en unos cuantos días, actualmente se pueden llevar hasta cuatro meses o más, y ni que decir de los casos de pensiones alimenticias, que debiera ser de especial atención.
Por su parte, la Consejera Melba Méndez Fernández expresó que el sistema de oralidad familiar no se ha podido estabilizar en los tres años que lleva su implementación, a causa de carencias presupuestales que limitan el personal, el espacio y también la tecnología .

Inauguran nuevas instalaciones de justicia familiar

18 junio 2014
Noticias de Yucatán ()

Certidumbre jurídica


Al inaugurar oficialmente ayer dos nuevosjuzgados de oralidad familiar, el gobernador Rolando Zapata Bello declaró que a 16 meses de su entrada en vigor, ese sistema de justicia ha contribuido “a brindar certidumbre, certeza y seguridad a los habitantes de todo el Estado”.
“Estar aquí, en esta explanada (del antiguo edificio del Poder Judicial, en la calle 35), nos confirma que el sistema de justicia familiar oral ya es toda una realidad en Yucatán, una realidad jurídica que se inició en febrero de 2013″, apuntó.
Aunque son dos los juzgados inaugurados, en realidad sólo uno, el sexto de oralidad familiar, comenzó a funcionar ayer. El otro, el quinto, entró en funciones en febrero pasado.
El gobernador inauguró también la Unidad de Psicología Especializada en Asuntos Jurídicos del Primer Departamento Judicial, que estaba ya en servicio. En nota aparte nos referimos a los servicios que presta esta unidad.
“Con la entrada en vigor de los juzgados Quinto y Sexto fortalecemos la infraestructura y el andamiaje de la legalidad en Yucatán”, apuntó Zapata Bello en el acto inaugural, que reunió a autoridades civiles y militares, y magistrados, jueces, consejeros de la judicatura y demás personal del Poder Judicial.
“Con la Unidad de Psicología Especializada en Asuntos Jurídicos se estará proporcionando atención puntual y profesional a niñas, niños, adolescentes y padres que entran en contacto con un proceso de justicia familiar”, agregó.
El primer orador de la ceremonia fue Marcos Alejandro Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado. Recordó que en febrero de 2013 entraron en vigor el Código de Familia y el Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán, con innovadoras figuras jurídicas.
“La complejidad social de esta época ha propiciado que las cargas de trabajo sean muy similares a las que concentraba el sistema tradicional, lo que nos ha generado la obligación y, por tanto, la necesidad de ir aumentando el número de juzgados de oralidad familiar, para responder de manera eficiente a las exigencias sociales”, señaló.
También recordó que el Juzgado Quinto inició funciones el 24 de febrero de este año y ya cuenta con casi 750 asuntos iniciados. El Juzgado Sexto inició funciones ayer y está a cargo de la abogada Aurora Noh Estrada, quien antes estuvo al frente de los juzgados mixtos de Ticul, Izamal y Kanasín.- ÁNGEL NOH ESTRADA

Desaparece el Juzgado Tercero de lo Familiar

25 marzo 2014
Noticias de Yucatán ()

Sus expedientes pasarán a los otros 2 juzgados

Como resultado de las reformas judiciales en materia familiar, el próximo viernes dejará de funcionar el Juzgado Tercero de lo Familiar, informó ayer el Diario Oficial del Estado.
Ese juzgado está a cargo de Pedro Raymundo Alfaro Gómez, quien, según se supo de manera extraoficial, será enviado al Juzgado Segundo, donde está cumpliendo una suplencia la abogada Gloria María Ceballos Cruz.
En el acuerdo que publicó ayer el Diario Oficial se establece que los asuntos que están en trámite en el Juzgado Tercero, más los que reciba esta instancia de aquí al viernes, serán distribuidos entre los juzgados Primero y Segundo.
El Juzgado Primero recibirá los expedientes con terminación numérica par: 2, 4, 6, 8 y 0. El Segundo tendrá a su cargo los de terminación numérica impar: 1, 3, 5, 7 y 9.
Una vez recibidos los expedientes, el juzgado receptor deberá registrarlos nuevamente con el número consecutivo que corresponda y se notificará a las partes del acuerdo de recepción por medio del Diario Oficial.
En la publicación de ayer se indica que quedan intocados los derechos laborales del personal jurisdiccional y administrativo del juzgado que desaparece. El Consejo de la Judicatura se encargará de su adscripción a otras áreas.
El 21 de febrero publicamos que Marcos Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, dio a conocer que en abril se abrirá el Juzgado Sexto de Oralidad Familiar y, si las condiciones y los recursos lo permiten, en septiembre u octubre comenzaría a operar el séptimo.
Finalmente el nuevo sistema de oralidad absorberá a los dos juzgados del procedimiento tradicional que seguirán vigentes después del viernes próximo.

Desahogará más rápido un divorcio

03 diciembre 2013
Noticias de Yucatán ()

Entra en servicio otro Juzgado de Oralidad Familiar


Desde ayer en la tarde comenzó a funcionar el Juzgado Cuarto de Oralidad Familiar, en el interior de las instalaciones del Juzgado Primero de lo Civil, en el edificio del Poder Judicial del Estado de Yucatán, ubicado en la calle 35 con 62.
En el acto estuvieron presentes el gobernador del Estado, Rolando Zapata Bello, y el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Yucatán (TSJY), Marcos Celis Quintal, quienes constataron el comienzo de actividades de ese espacio que dará servicio a los municipios de Mérida, Hunucmá y Ucú.
Éste será el único órgano de primera instancia para desahogar de manera pronta y expedita procedimientos jurídicos como divorcios y pensiones alimenticias, cuando las partes involucradas estén en total acuerdo. El horario para atención en este juzgado será de 2: 30 de la tarde a 9 de la noche.
El magistrado Celis Quintal dijo que con este horario se beneficiará a las personas que por su trabajo o sus actividades no pueden asistir a diligencias por las mañanas.
Agregó que Yucatán cuenta con mejores herramientas jurídicas para proteger a las familias que se encuentren en algún proceso legal y que desde que entró en vigor el nuevo Sistema de Justicia Penal en la entidad ya se han iniciado 4,580 asuntos.- Ernesto Pinzón Franco
De un vistazo
Estado de leyes
“Yucatán se consolida como un estado de leyes, donde el bienestar significa que la justicia se imparte bajo esquemas claros y en un marco de absoluta transparencia. De esa forma el estado de derecho se establece como una piedra angular para el desarrollo social y económico de la población”, señaló el gobernador Rolando Bello Paredes, en su mensaje.

Proponen criterios claros en Código Familiar

11 marzo 2013
Noticias de Yucatán ()


Última entrega del análisis a la nueva ley familiar

Portada del Código que regula los litigios familiares, que ahora se basan en audiencias orales
El Código deFamilia no contiene criterios claros para que en los casos de divorcio sin causales el juez establezca la procedencia de la compensación que se debe otorgar a uno de los cónyuges, afirma el Colegio de Abogados de Yucatán.
Esta observación forma parte del análisis que realizaron los profesionales del Derecho a la nuevalegislación familiar, que, como hemos informado, se comenzó a aplicar el 20 de febrero.
En ediciones anteriores abordamos los principales aspectos del análisis del Colegio. El más reciente está relacionado con el divorcio.
Con nuestra entrega de hoy finalizamos el tema del divorcio -en esta ocasión nos referimos a la separación sin causales, nueva figura de la ley- y también nuestras publicaciones sobre este estudio jurídico.
Como en los casos anteriores, citamos primero las disposiciones del Código y a continuación los conceptos que formula el Colegio:
Artículo 192. El cónyuge que en forma individual promueva el divorcio (incausado) debe acompañar a su solicitud la propuesta de convenio para regular las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial.
Dicho convenio debe contener los mismos requisitos que señala el artículo 182 de este Código y cuando los cónyuges hayan celebrado el matrimonio bajo el régimen patrimonial de separación de bienes, debe señalarse la compensación, que no puede ser superior al cincuenta por ciento del valor de los bienes que hubieren adquirido, a que tendría derecho el cónyuge que reúna los siguientes requisitos:
I. Que durante el matrimonio se haya dedicado exclusivamente al desempeño del trabajo del hogar o al cuidado de los hijos, o
II. Que no haya adquirido bienes propios o, habiéndolos adquirido, sean notoriamente menores a los del otro cónyuge.
En todo caso el juez debe tomar en consideración lo dispuesto por los artículos 185, 186 y 187 de este Código.
No se contienen criterios claros para que el juez establezca la procedencia de la compensación.
El nuevo régimen, para el caso de separación de bienes, establece como compensación a cargo del cónyuge que logra bienes y a favor del que no los logra, el 50%, sin tomar en consideración a los hijos, quienes ante tal situación carecerían de bienes para subsistir.
Ejemplo: un matrimonio que tiene por único bien una casa, y en el que se establece por compensación el 50% de dicha propiedad para cada cónyuge, ¿qué hará en su caso la mujer a quien se le solicita la disolución de la copropiedad? ¿Dónde y de qué vivirá (mientras dura ese proceso de disolución)?- Ángel Noh Estrada
angelnoh@megamedia.com.mx
Código de Familia
VIGENCIA Y ANALISIS
El Código de Familia del Estado de Yucatán, en vigor desde el 20 de febrero, contiene 921 artículos divididos en dos libros y 5 artículos transitorios.
Durante cinco meses, el Colegio de Abogados promovió mesas de análisis y talleres en torno a la nueva legislación familiar. Sus conclusiones, que publicamos en varias entregas, ya fueron turnadas a la Consejería Jurídica del Ejecutivo del Estado. El gobierno ha ofrecido tomarlas en cuenta.

Inédita jornada judicial

21 febrero 2013
Noticias de Yucatán ()


Las primeras cinco solicitudes, sobre divorcio incausado

Rosa Isela Sandoval Durán en su primer día al frente de uno de los dos juzgados de oralidad familiar. Ese tribunal recibió ayer cinco casos
El arranque del sistema familiar oral, con doce casos en Mérida
El nuevo sistema de justicia familiar en Yucatán, basado en audiencias orales, fue puesto en marcha ayer en medio de calificativos de “jornada histórica” y “parteaguas en el sistema jurídico” de la entidad y finalizó con un balance de doce casos presentados sólo en los juzgados con sede en Mérida.
De esas doce causas iniciadas ayer en esta capital, cinco corresponden a solicitudes de divorcio sin causales, una de las figuras nuevas en el Código de Familia del Estado, que también está de estreno.
La jornada inaugural fue reflejo del interés que ha causado el divorcio con esa modalidad, pues las cinco solicitudes representaron los primeros expedientes abiertos ayer en Mérida. Y de ellas, tres se presentaron en la primera hora de funcionamiento de los juzgados de oralidad familiar, cuando todavía se desarrollaba la ceremonia oficial encabezada por el gobernador Rolando Zapata Bello y los presidentes de los otros dos poderes del Estado.
En su discurso, Zapata Bello manifestó que con este nuevo sistema Yucatán se consolida como un estado de leyes y habló de las ventajas de la oralidad familiar.
Marcos Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, declaró que con este arranque el derecho familiar en Yucatán alcanza la mayoría de edad y toma rumbo propio, al romper los vínculos que lo unían al derecho civil.
Con la apertura del nuevo esquema asumieron sus funciones los dos primeros jueces de oralidad en Yucatán: Rosa Isela Sandoval Durán, en la sala primera, y José Ismael Canto Can, en la sala segunda.
Ellos serán los únicos que se dedicarán exclusivamente a la oralidad familiar, pero los nueve jueces mixtos del interior del Estado también atenderán audiencias orales en la materia, sin dejar de encargarse de los asuntos de otra índole que recaen en el sistema tradicional.
A diferencia de lo ocurrido en Mérida, en los juzgados mixtos se recibieron pocos casos nuevos de oralidad familiar. Los reportes indican dos en Valladolid, uno en Tizimín y uno más en Motul, por causas diversas. Los demás tribunales, cero causas iniciadas.- Ángel Noh Estrada

Oralidad | Datos
Oficialmente, ayer abrieron sus puertas los dos primeros juzgados de oralidad familiar.
Los jueces
El juzgado primero está a cargo de Rosa Isela Sandoval Durán. El segundo, de Ismael Canto Can.
Dos códigos
También entraron en vigor los códigos de Familia y de Procedimientos Familiares.
Acto simbólico
El gobernador Rolando Zapata develó la placa alusiva.


En hombros de 11 jueces

Oralidad familiar en Mérida y otros nueve municipios




El sistema de justicia familiar oral en Yucatán arrancó ayer con dieciséis casos: doce en Mérida, dos en Valladolid, uno en Tizimín y uno más en Motul.
En los demás juzgados mixtos del interior del Estado no se recibieron casos nuevos en la materia.
En Mérida, la mitad de las doce causas iniciadas corresponde a divorcios, sólo uno voluntario. Los demás son de la modalidad sin causales, es decir, el cónyuge interesado no tiene que exponer un motivo que sustente su demanda.
Con su entrada en vigor, el sistema de justicia familiar oral descansa en once juzgados. Dos deellos, exclusivamente para la oralidad, tienen su sede en Mérida, en el edificio del Poder Judicial de la calle 35 entre 62 y 64.
Los otro nueve juzgados son mixtos y se ubican en el interior del Estado: Valladolid, Tizimín, Izamal, Motul, Progreso, Kanasín, Umán, Ticul y Tekax. Atenderán la oralidad familiar, sin dejar sus funciones relacionadas con el sistema tradicional.
De acuerdo con Marco Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, hay planes de abrir un tercer juzgado de oralidad en Mérida en septiembre próximo.
Las causas iniciadas ayer se distribuyen de esta manera:
Juzgado primero de oralidad.- Tres divorcios incausados y uno voluntario, y dos consignaciones de alimentos.
Juzgado segundo.- Dos divorcios sin causales, un juicio sucesorio, un juicio de guarda y custodia, una consignación de alimentos y unas diligencias de alimentos (estas últimas son para solicitarlos y el juez fija la cantidad, a diferencia de la consignación, en la que el deudor alimentario deposita una suma).
Juzgado mixto de Valladolid.- Un juicio de sucesión intestada y una consignación de alimentos.
Tizimín.- Un divorcio voluntario.
Motul.- Un divorcio voluntario.
Como indicamos antes, en Progreso, Umán, Izamal, Ticul, Tekax y Kanasín no se reportaron casos nuevos.
En relación con el divorcio sin causales, que acaparó casi la mitad de las causas iniciadas ayer en Mérida, información proporcionada por el Poder Judicial indica que la ruta a seguir es la siguiente:
1) Uno solo de los cónyuges puede manifestar ante el juez su voluntad de disolver el vínculo matrimonial. La solicitud debe ir acompañada de un convenio en el que estipule quién se quedará con la custodia de los hijos, el pago de la pensión, el régimen de convivencia del padre o la madre que no quede con la custodia, la indicación de cuál será la habitación de los cónyuges, y cómo se liquidará la sociedad, entre otros puntos.
Si se trata de separación de bienes se debe señalar la compensación -de acuerdo con el valor de bienes adquiridos durante el contrato matrimonial- a quien sólo se haya dedicado al cuidado de los hijos y no haya adquirido bienes propios o los tenga con valor menor que los del otro cónyuge.
2) El juez da vista a la otra parte e informa a la pareja de las soluciones por medios alternos a que tienen derecho para resolver el conflicto.
3) En los siete días posteriores, como máximo, la otra parte tiene que establecer si está o no de acuerdo con los planteamientos del convenio propuesto por el solicitante del divorcio. Si no lo está debe exponer los puntos de su desacuerdo y presentar otra propuesta.
4) Se pasa entonces a una audiencia preliminar donde el juez toma medidas fundamentales para evitar la alienación parental (manipulación de los hijos por una de las partes para ponerlos contra el otro cónyuge), tales como quién debe usar la vivienda conyugal.
Previo inventario, se debe decidir qué se lleva cada quien de los bienes conyugales, qué cónyuge tendrá la custodia de los hijos y cómo quedará el régimen de convivencia de la otra parte, sea padre o madre.
Si bien el sistema es oral y las audiencias son públicas, en los casos en que hay menores el juez puede determinar que sea privada.
5) Si no existieran diferencias, el juez explica los alcances del divorcio a ambas partes. Les advierte de las consecuencias y los cambios que sobrevendrán una vez divorciados.
6) Finalmente, se dicta resolución a favor de disolver el vínculo matrimonial. Todo el proceso no llevaría más de un mes.- Ángel Noh Estrada
Dos fases | Oralidad
El nuevo sistema de justicia familiar consta básicamente de dos etapas:
La primera
La primera etapa, preliminar, es escrita. Se presentan las demandas y el juez tiene que ir acordando una serie de acciones.
La segunda
Si no se llega a un acuerdo se pasa a la segunda etapa, que son las audiencias orales.
En dos semanas
La abogada Rosa Isela Sandoval Durán, quien tiene a su cargo el juzgado primero de oralidad, calculó que las primeras audiencias se efectuarán en unas dos semanas. Estos días se destinarán a otros trámites relacionados con las solicitudes que se reciban. Ayer fueron doce sólo en Mérida.

“Llega a la mayoría de edad”

Desde ayer toma rumbo propio el derecho familiar

El gobernador Rolando Zapata y Marcos Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia, en nueva sala para juicios de lo familiar
Representantes del Poder Judicial y el jefe del Ejecutivo calificaron ayer como un parteaguas en la historia jurídica de Yucatán el nuevo sistema de justicia familiar que entró en vigor ayer.
Consideraron que de esa manera “llega a la mayoría de edad” el derecho familiar en la entidad.
“El comienzo del Sistema de Justicia Familiar Oral en el Estado de Yucatán es el resultado del trabajo coordinado y armónico de los tres poderes públicos, siempre con pleno respeto a nuestras atribuciones y facultades constitucionales”, afirmó Luis Hevia Jiménez, por el Poder Legislativo.
Representantes de los tres poderes del gobierno en el Estado, profesionales del derecho y organizaciones civiles se reunieron para resaltar el inicio del nuevo sistema de justicia familiar.
La reunión se efectuó en la explanada del edificio que alberga a los juzgados civiles y familiares, en la calle 35 entre 62 y 64, donde los oradores fueron Rolando Zapata Bello, gobernador; Marcos Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia, y Hevia Jiménez, presidente de de la Junta de Gobierno del Congreso del Estado.
Celis Quintal destacó:
“El derecho familiar hoy ha alcanzado mayoría de edad y tomado rumbo propio, rompiendo con la tradicional unión con el derecho civil”.
El magistrado puntualizó que el Código de Familia y de Procedimientos Familiares que entran en vigor son el reconocimiento de la complejidad que entrañan hoy en día las relaciones familiares, son la consecuencia de una mayor y mejor protección de los integrantes de las familias, son, pues, el reflejo de una sociedad moderna”.
“Tenemos herramientas nuevas para reforzar acciones que nos permitan cumplir con ese objetivo. Está en nosotros hacer uso de esas nuevas herramientas que nos brindan, como juzgadores, un sinfín de posibilidades en la protección de los integrantes de las familias”, expresó Celis Quintal.
En su intervención el gobernador destacó que con esto se establece un parteaguas en la historia jurídica, en la vida pública y en el desarrollo social de Yucatán.
El jefe del Ejecutivo consideró que con la puesta en marcha del Sistema de Justicia Oral “se fortalece el músculo de la cultura de la legalidad en el Estado”.
El mandatario estatal manifestó también que los dos nuevos códigos, el Código Familiar y el Código de Procedimientos en Materia Familiar, que desde ayer están vigentes, “se traducen en dos columnas sólidas para sostener el Yucatán próspero, dinámico y justo que nos hemos trazado en corto, mediano y largo plazo”.- DAVID DOMíNGUEZ MASSA
Gobierno | Nuevas leyes
Fue considerada histórica la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia familiar.
Paradigma
Se trata de un cambio de paradigma jurídico, un cambio impulsado por y para la sociedad. Esta fecha quedará grabada en la historia jurídica de Yucatán, señaló el diputado priista Luis Hevia Jiménez.
Más ágil
“Es un nuevo sistema que da inicio y pretende agilizar los procedimientos”.


Atestiguan “un parteaguas en el sistema jurídico de Yucatán”

20 febrero 2013
Noticias de Yucatán ()


Miércoles, 20 de febrero de 2013 - 10:41 am En: GobiernoMérida


El gobernador Rolando Zapata Bello al ponerse en marcha esta mañana el nuevo sistema de justicia familiar oral
“Hoy, 20 de febrero, se establece un parteaguas en el sistema jurídico de Yucatán”, declaró el gobernador Rolando Zapata Bello al ponerse en marcha esta mañana el nuevo sistema de justicia familiar oral.
Ante jueces, magistrados del Tribunal Superior y consejeros de la Judicatura del Poder Judicial, entre otros, el mandatario indicó que con este nuevo sistema Yucatán se consolida como un estado de leyes y habló de la importancia que representan los códigos de Familia y de Procedimientos Familiares, que se traducirán en juicios más ágiles y con equidad para las partes.
El presidente del Tribunal Superior, Marcos Celis Quintal, manifestó que con este nuevo sistema el derecho familiar alcanza la mayoría de edad y toma rumbo propio, “rompiendo con la tradicional unión con el derecho civil”.
“En Yucatán no sólo tenemos la disposición para que los integrantes de las familias reciban una mayor protección por parte de las autoridades, sino que llevamos a cabo acciones concretas, nutriéndonos de más y mejores cuerpos legales que optimicen esa labor”, apuntó.
“Hoy los ciudadanos cuentan con un proceso que les permitirá una solución más rápida y adecuada a sus conflictos familiares”, añadió. “Hoy los jueces familiares poseerán mejores herramientas para resolver oportunamente y con mejor información las controversias que se presenten ante ellos. Hoy se inicia un sistema más moderno de justicia familiar, y es precisamente eso: un comienzo. Consolidar este sistema es un proceso de mediano y largo plazo que involucra un gran cambio cultural y nuevas exigencias a las instituciones y a los abogados litigantes”.ç


Nuevas leyes a partir de hoy

Arranca el sistema de justicia familiar con audiencia oral

El diputado priista Dafne López Martínez, durante su intervención en la sesión de ayer del Congreso del Estado, donde se aprobaron por unanimidad reformas a importantes leyes yucatecas en el ámbito civil
Con la aprobación del Congreso a reformas al Código Civil y a la Ley del Registro Civil del Estado, ayer se dieron los pasos finales para la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia familiar en Yucatán, basado en audiencias orales.
Oficialmente hoy comienzan a funcionar los dos primeros juzgados de oralidad familiar en Mérida. Los nueve juzgados mixtos del interior del Estado también aplicarán el esquema oral en esta materia.
Con el nuevo sistema se estrenan también el Código de Familia y el Código de Procedimientos Familiares del Estado de Yucatán.
La inauguración formal de estos procesos se efectuará esta mañana con una ceremonia que encabezará el gobernador Rolando Zapata Bello.- Ángel Noh Estrada

Oralidad familiar
Después de varios meses de preparación, hoy se estrena el sistema de oralidad familiar en Yucatán.
  • juzgados marcan la apertura del nuevo esquema. Habría uno más en septiembre.
  • códigos entran en vigor: el de Familia y el de Procedimientos Familiares del Estado.
  • a.m., la hora en que se inaugura el sistema hoy, con la presencia del gobernador.

Aspectos que se pueden mejorar

Más opiniones en torno a la nueva legislación familiar

Proponen cambios en la figura del adolescente emancipado
“Coincidimos en los avances en el sistema de oralidad y la suplencia de la queja, pero vemos que, como esta redactado el Código (de Familia), representará una carga para los tribunales”.
En esos términos responde Ignacio Puerto Gutiérrez, presidente del Colegio de Abogados, a una pregunta relacionada con los puntos por mejorar en el Código de Familia, que se estrena hoy.
La pregunta fue planteada en el foro de Grupo Megamedia sobre la nueva legislación.
En nuestra edición del domingo dimos a conocer los puntos de vista de Marcos Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia. Hoy presentamos una síntesis de las opiniones del abogado Puerto Gutiérrez
-Toda norma es perfectible y nuestra labor es señalar todo aquello que se puede mejorar, sobre todo para efectos de estudio, análisis… para poder avanzar.
-Creo que debemos entrar al estudio de particularidades que pueden ser mejoradas.
-Consideramos que se deben establecer mecanismos que eviten que el niño, la niña y el adolescente dependan de sus representantes para hacer cumplir sus derechos.
-Hay que privilegiar los procedimientos que permitan que el niño tenga plenitud de derechos. Otro caso: el adolescente emancipado tiene libre administración de sus bienes. No basta con emancipar, aparte de que la figura de emancipado no existe.
-Otro ejemplo: el divorcio voluntario. El juez debe resolver atendiendo a las circunstancias y las situaciones especiales de los niños. Nos parece que es necesario es cuchar a los niños, niñas y adolescentes en lo que corresponde a la tutela, a la custodia

Sin fiebre de divorcios

Sólo esperan un pico temporal por una figura jurídica




El divorcio sin causales, una de las innovaciones en el Código de Familia del Estado de Yucatán, es punto de polémica, pero expertos del Derecho subrayan sus ventajas y dicen que una de sus manifestaciones inmediatas será la generación de procesos menos conflictivos en la pareja.
También coinciden en que, contra lo que opinan muchas voces, no se traducirá en más separaciones conyugales, excepto en los primeros meses de su aplicación.
“Me parece que va a haber un pico (de solicitudes), como toda institución nueva”, indica Marcos Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de Yucatán. “Esto ocurre hasta en la disco, lo que los muchachos llaman antro: cuando es nueva todos acuden, y cuando pasan seis meses ya pocos van”.
“El hecho de que haya divorcio incausado no significa que los divorcios vayan a aumentar, que las parejas felices vayan a aumentar”, opina Ignacio Puerto Gutiérrez, presidente del Colegio de Abogados de Yucatán.
“El que nadie se divorcie no quiere decir que estamos felices con nuestras parejas”, apunta Dafne López Martínez, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación del Congreso local. “El hecho de un divorcio largo, como los que ahora se presentan, puede desalentar a muchos. El divorcio incausado contribuirá a que la pareja que ha decidido separarse lo haga sin salir muy lastimada, sin tantos conflictos”.
Los tres profesionales, como hemos informado, participaron en un foro de Grupo Megamedia que tuvo como tema los alcances del nuevo Código de Familia, que se estrenará hoy al arrancar el sistema de juicios orales en la materia.
En anteriores ediciones abordamos algunos de los aspectos principales del foro. Hoy nos referimos a las opiniones sobre el divorcio sin causales, en el orden en que se formularon:
Ignacio Puerto.- Consideramos (el Colegio de Abogados) que las relaciones no se pueden forzar, la convivencia no se puede obligar…
-El hecho de que haya divorcio incausado no significa que los divorcios vayan a aumentar, que las parejas felices vayan a aumentar. El divorcio incausado permite que se termine con una relación que ya no está funcionando.
-Habrá que presentar, discutir el acuerdo de separación, llegar a muchos acuerdos posteriores, pero ya no obliga a la convivencia.
Marcos Celis.- Tenemos noticias de que algunos abogados y personas que tienen conflictos familiares están esperando que entre en vigor la nueva ley para presentar sus solicitudes de divorcio. Como saben que es más rápido y se evitará un conflicto de varios años, lo están esperando.
-Habrá un pico (en las solicitudes), seguramente aumentará el número de divorcios en los primeros meses, pero después se regularizará y será un trámite normal.
-Yo creo que será cuestión de tiempo. Cuando la relación ya no funciona puede haber el avenimiento, la posibilidad de un acuerdo para rescatar el matrimonio. Si esto no ocurre entonces queda la figura del divorcio incausado. Más que exprés yo diría que es un divorcio sin causa.
Dafne López.- El tema del divorcio sin causa puede ser polémico, pero creo, como dice el abogado Puerto, que el hecho de que se disparen o no los divorcios no implica que las parejas sean felices casadas.
-Muchas veces un divorcio con causa significa que hay un cónyuge culpable que debe ser sancionado y se tenga como resultado la sentencia condenatoria. En la actualidad los divorcios de esta índole son largos, tardados, generan mucho más conflictos y roces entre las parejas, la custodia se complica…
-Son muchos aspectos que se deben analizar. Como dije antes, el hecho de que nadie se divorcie no significa que estemos felices con nuestras parejas. Tal vez, como dice el magistrado Celis, en un principio habrá un pico de demandas y luego la situación se estabilizará.
-Esta figura contribuirá a que la pareja que ha decidido separarse lo haga sin salir muy lastimada, sin tantos conflictos.- Ángel Noh Estrada
angelnoh@megamedia.com.mx
@angelovaliant
El sistema de oralidad familiar | Más datos
Algunos detalles sobre el nuevo sistema de justicia familiar, a partir de hoy:
Código especializado
Se separaron del Código Civil todos los conceptos relacionados con la familia y se plasmaron en el Código de Familia del Estado de Yucatán, que aprobó el Congreso en abril de 2012.
Más modificaciones
Ayer, también en el Congreso, se aprobaron reformas al Código Civil y a la Ley del Registro Civil, a fin a ajustar las normas a las disposiciones del Código de Familia, que viene acompañado del Código de Procedimientos Familiares.
Arranque oficial
Para poner en marcha el nuevo sistema se programó hoy, a las 8 de la mañana, una ceremonia en la explanada del antiguo edificio del Poder Judicial en la calle 35 entre 62 y 64. El acto será encabezado por el gobernador Rolando Zapata Bello.

Listos todos los cambios

Entra en vigor el nuevo Código de la Familia hoy

El diputado priista Dafne López Martínez, durante su intervención en la sesión de ayer del Congreso del Estado, donde se aprobaron por unanimidad reformas a importantes leyes yucatecas en el ámbito civil
Los últimos cambios y disposiciones legales que se requerían para aplicar a partir de hoy el nuevo Código de la Familia se aprobaron ayer de manera unánime en la sesión plenaria del Congreso.
Estas últimas modificaciones fueron las reformas que envió el Ejecutivo estatal sobre el Código Civil y la Ley del Registro Civil del Estado.
Hoy entra en vigor el nuevo sistema de justicia familiar, aprobado en abril de 2012.
Entre los principales cambios que se hicieron a la Ley del Registro Civil por este nuevo sistema de justicia está regular el término y los requisitos para llevar al cabo la inscripción de un nacimiento, así como en las personas que tienen la obligación de presentarse ante el oficial de dicha institución. Esto incluye que se podrá alterar el orden de los apellidos al registrar el nacimiento.
También establece la posibilidad de realizar el registro de nacimiento de manera gratuita, y la posibilidad de que la mujer unida en matrimonio o que viva en concubinato solicite que se asiente como padre de su hija o hijo a persona diversa al cónyuge o concubino, siempre que acredite con pruebas biológicas la paternidad del descendiente.
Referente a las actas de divorcio, regula la forma en que se deberá proceder en los distintos casos de disolución del vínculo matrimonial y enfatiza lo relativo a la separación del matrimonio sin causales.
Con esta ley se actualiza lo relativo al estado civil de las personas para darle más certeza jurídica, y se establece la estructura orgánica de la Dirección del Registro Civil de la Consejería Jurídica, a fin de “dinamizar” el funcionamiento de las áreas que conforman a esa institución.
Notariado
En la misma sesión, y también de manera unánime, los diputados aprobaron las reformas a la Ley del Notariado Público del Estado.
En este caso se aprobó, entre otros cambios, el sustituir la denominación del Libro de Registro de Cotejos por el de Libro de Registro de Cotejos y de Certificaciones de Firmas, para incluir en este control las certificaciones y ratificaciones de rúbricas.
También se aprobó sustituir el Fondo de Garantía del Notariado del Estado, por un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional para Notarios, o cualquier otra garantía.



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