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Con 344 votos a favor y tres abstenciones, el Pleno de
la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma los artículos 264 y
289, y deroga los artículos 158 y 334 del Código Civil Federal, cuya
finalidad es que la mujer pueda contraer un nuevo matrimonio inmediatamente
después de divorciarse.
En ese sentido, se elimina la disposición que establecía
que “la mujer no puede contraer nuevo matrimonio sino hasta pasados 300 días
después de la disolución del anterior, a menos que dentro de ese plazo diere a
luz un hijo. En los casos de nulidad o de divorcio, puede contarse este
tiempo desde que se interrumpió la cohabitación”.
Además, el dictamen remitido al Senado de la
República para sus efectos constitucionales, dispone que, en virtud
del divorcio, los cónyuges recobrarán su entera capacidad para contraer
nuevo matrimonio sin restricción alguna.
Al fundamentarlo, el presidente de la Comisión de
Justicia, Álvaro Ibarra Hinojosa, detalló que se derogan disposiciones
restrictivas para que las féminas vuelvan a casarse y se armoniza esta
propuesta con otros ordenamientos jurídicos, a fin de garantizar el derecho a
la igualdad, a la no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad.
Al respecto, el diputado Germán Ernesto Ralis Cumplido
señaló que estas reformas abonan a la igualdad de género.
La legisladora priista María Gloria Hernández Madrid
argumentó que el hecho de que una fémina deba esperar cuando menos 300 días
para que pueda nuevamente contraer matrimonio una vez que concluyó el anterior
con motivo del divorcio, “es una violación a su derecho a la igualdad ante la
ley”. (24 Horas).