Noticias de Yucatán
(agandalle, abuso, corrupción, trafico de tierras, enriquecimiento, impunidad)
(agandalle, abuso, corrupción, trafico de tierras, enriquecimiento, impunidad)
Sólo a la autoridad judicial le compete calificar anomalías
Publicada: 4 enero 2012
Publicada: 4 enero 2012
"Latifundio" impugnable: Se puede pedir la nulidad de la venta de tierras a la gobernadora, afirman
"No hay discusión: con sus 1,706 hectáreas en Dzemul Ivonne Ortega Pacheco es latifundista, en clara contradicción con lo señalado en la fracción XV del artículo 27 de la Constitución que ella misma juró hacer valer", recalca el diputado con licencia Renán Barrera Concha.
Al abundar en sus comentarios sobre la ilegalidad que se habría cometido en la compraventa de esas tierras, Barrera Concha señala que a raíz de reformas legales que se hicieron en 2011 cualquier persona con "interés legítimo" puede interponer un juicio de nulidad de la escritura que ampara esa transacción.
"Cualquier persona de Dzemul, San Benito, San Crisanto o cualquier otro punto de la zona costera podría promover la nulidad de la escritura por sentirse agraviado al ser vecino de esos terrenos y tener el interés legítimo que señala la reforma de la fracción I del artículo 107 de la Constitución", subraya.
En otra entrevista, el presidente del Consejo de Notarios del Estado de Yucatán, Luis López Martín, afirma que esa institución no puede calificar la licitud del documento de la venta de las 1,706 hectáreas a la gobernadora, pero en caso de que haya algún vicio o irregularidad sólo una autoridad judicial podría anular la operación.
El dirigente también se refiere a los casos de los notarios Fernando Sauri Sánchez, director del Registro Público de la Propiedad, y Carlos Evia Salazar, el primero involucrado en la compra de más de 20 predios durante su encargo en esa oficina y el segundo sujeto a un proceso judicial por denuncia de su esposa. En nota aparte ofrecemos sus declaraciones sobre esos temas.
Los conflictos de tierras son recordados también en la segunda entrega de una entrevista con Jesús Arcadio Gaytán Toledo, quien, como anticipamos ayer, acusa a un tío de Ivonne Ortega de despojarlo de diez hectáreas en Dzemul
"No necesitamos remitirnos a la Ley Agraria, pues la Constitución es muy clara: nadie puede tener más de 300 hectáreas en México. Por tanto, debe ser nula la escritura que ampara la venta de más de mil hectáreas a la gobernadora Ivonne Ortega Pacheco", sostiene Renán Barrera Concha, diputado con licencia.
El tablaje "Paraíso" que adquirió la gobernadora abarca 1,706 hectáreas, de las cuales el 75% compró a sus tíos Gaspar Honorio, Melchor y Galo Juan Pío Ortega Coronado en octubre de 2008. El 25% restante fue donación de su madre, Ligia Isabel Pacheco Graniel, quien adquirió esa parte por herencia de su esposo, Humberto Ortega Coronado.
Durante una entrevista que publicamos ayer, Renán Barrera, quien es abogado, afirmó que la operación relacionada con esas tierras atenta contra el espíritu del artículo 27 de la Constitución, que prohíbe los latifundios en México. También citó los ordenamientos en que basa sus afirmaciones de que nadie puede poseer más de 300 hectáreas.
En asamblea que realizaron a mediados de diciembre, ejidatarios de Dzemul afirmaron que la superficie original de "Paraíso" era de 140 hectáreas, que correspondían sólo al casco de la hacienda.
En nueva entrevista, Barrera Concha abunda sobre el conflicto legal en torno a la propiedad de la jefa del Ejecutivo y reitera que ninguna persona física, bajo ningún pretexto, puede tener más tierra que la permitida por la Constitución.
Peritos en Derecho
"Las autoridades no sólo deben hacer valer la Constitución sino que son doblemente responsables si la incumplen", añade. "Los notarios son peritos en Derecho. Habría que preguntarle al que autorizó la compraventa por qué no atendió el mandato de ley".
A continuación formula más conceptos jurídicos vinculados al caso del tablaje "Paraíso".
-En las reformas constitucionales de julio de 2011 se abrió la posibilidad de que cualquier persona con interés legítimo interponga un juicio de nulidad de la escritura de compraventa.
-Ya no es necesario el interés jurídico. Ahora la Constitución habla del interés legítimo para interponer amparos o cualquier otro juicio.
-Ese mes entró en vigor el Sistema Difuso, que estipula que todo juez tiene la obligación de estudiar cualquier acto que atente contra la Constitución.
-Esto significa, en términos simples, que no sería exclusivo del juez de Distrito amparar a algún afectado con interés legítimo contra actos del Registro Público de la Propiedad; en el caso que nos ocupa sería por haber inscrito irresponsablemente la escritura de Ivonne Ortega.
-Es decir, cualquier persona de Dzemul, San Benito, San Crisanto u otro punto de la zona costera podría promover la nulidad de la escritura por sentirse agraviado. Basta ser vecino de esos terrenos y tener el interés legítimo que señala la reforma de la fracción primera del artículo 107 de la Constitución.
-Esa fracción dice textualmente: "El juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que el acto reclamado viola los derechos reconocidos por esta Constitución y con ello se afecte su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico".- Angel Noh Estrada
angelnoh@megamedia.com.mx
@angelovaliant
Tema: Gobierno del Estado
"Cualquier persona de Dzemul, San Benito, San Crisanto o cualquier otro punto de la zona costera podría promover la nulidad de la escritura por sentirse agraviado al ser vecino de esos terrenos y tener el interés legítimo que señala la reforma de la fracción I del artículo 107 de la Constitución", subraya.
Los conflictos de tierras son recordados también en la segunda entrega de una entrevista con Jesús Arcadio Gaytán Toledo, quien, como anticipamos ayer, acusa a un tío de Ivonne Ortega de despojarlo de diez hectáreas en Dzemul
Riesgo de anulación
Insisten en que son ilegales las tierras de la gobernadora
Publicada: 4 enero 2012
Insisten en que son ilegales las tierras de la gobernadora
Publicada: 4 enero 2012
Foto de la asamblea ejidal en Dzemul a mediados de diciembre. El tema: las tierras en poder de la gobernadora (1)
El tablaje "Paraíso" que adquirió la gobernadora abarca 1,706 hectáreas, de las cuales el 75% compró a sus tíos Gaspar Honorio, Melchor y Galo Juan Pío Ortega Coronado en octubre de 2008. El 25% restante fue donación de su madre, Ligia Isabel Pacheco Graniel, quien adquirió esa parte por herencia de su esposo, Humberto Ortega Coronado.
Peritos en Derecho
"Las autoridades no sólo deben hacer valer la Constitución sino que son doblemente responsables si la incumplen", añade. "Los notarios son peritos en Derecho. Habría que preguntarle al que autorizó la compraventa por qué no atendió el mandato de ley".
A continuación formula más conceptos jurídicos vinculados al caso del tablaje "Paraíso".
-En las reformas constitucionales de julio de 2011 se abrió la posibilidad de que cualquier persona con interés legítimo interponga un juicio de nulidad de la escritura de compraventa.
-Ya no es necesario el interés jurídico. Ahora la Constitución habla del interés legítimo para interponer amparos o cualquier otro juicio.
-Ese mes entró en vigor el Sistema Difuso, que estipula que todo juez tiene la obligación de estudiar cualquier acto que atente contra la Constitución.
-Esto significa, en términos simples, que no sería exclusivo del juez de Distrito amparar a algún afectado con interés legítimo contra actos del Registro Público de la Propiedad; en el caso que nos ocupa sería por haber inscrito irresponsablemente la escritura de Ivonne Ortega.
-Es decir, cualquier persona de Dzemul, San Benito, San Crisanto u otro punto de la zona costera podría promover la nulidad de la escritura por sentirse agraviado. Basta ser vecino de esos terrenos y tener el interés legítimo que señala la reforma de la fracción primera del artículo 107 de la Constitución.
-Esa fracción dice textualmente: "El juicio de amparo se seguirá siempre a instancia de parte agraviada, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que el acto reclamado viola los derechos reconocidos por esta Constitución y con ello se afecte su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico".- Angel Noh Estrada
angelnoh@megamedia.com.mx
@angelovaliant
Tema: Gobierno del Estado
En contexto:
Para entender mejor el caso "Paraíso" | Tres puntos
1 Siete propietarios en la década de los 60
Partes iguales
El predio "Paraíso" estaba dividido en siete partes iguales en 1966. Según actas de esa época, los dueños eran los cuatro hermanos Ortega Coronado y otros tres ejidatarios.
2 Las primeras ventas, con diferencia de días
Operaciones
Ese mismo año, con días de diferencia, los cuatro hermanos Ortega Coronado adquirieron toda la propiedad, por venta de Serafino Euán Ku, Casimiro Erguera Euán y Ricardo Aké Aké.
3 Fallece uno de los hermanos Ortega
Herencia y venta
Al fallecer Humberto Ortega, su parte (el 25%) pasa a ser de su esposa, Ligia Isabel Pacheco Graniel. Los tres hermanos restantes venden sus tierras a su sobrina Ivonne Ortega Pacheco
1 Siete propietarios en la década de los 60
Partes iguales
El predio "Paraíso" estaba dividido en siete partes iguales en 1966. Según actas de esa época, los dueños eran los cuatro hermanos Ortega Coronado y otros tres ejidatarios.
2 Las primeras ventas, con diferencia de días
Operaciones
Ese mismo año, con días de diferencia, los cuatro hermanos Ortega Coronado adquirieron toda la propiedad, por venta de Serafino Euán Ku, Casimiro Erguera Euán y Ricardo Aké Aké.
3 Fallece uno de los hermanos Ortega
Herencia y venta
Al fallecer Humberto Ortega, su parte (el 25%) pasa a ser de su esposa, Ligia Isabel Pacheco Graniel. Los tres hermanos restantes venden sus tierras a su sobrina Ivonne Ortega Pacheco