Señalan pifias jurídicas en la propaganda priista

24 abril 2012
Noticias de Yucatán ()


Una edil detalla las normas que se violan en Mérida 
Publicada:  24 abril 2012
Esta imagen fue tomada el viernes pasado en la Unidad Deportiva de Chuburná, donde se celebró un torneo de fútbol. Al día siguiente ya no estaba la propaganda del candidato del PRI a gobernador
Esta imagen fue tomada el viernes pasado en la Unidad Deportiva de Chuburná, donde se celebró un torneo de fútbol. Al día siguiente ya no estaba la propaganda del candidato del PRI a gobernador  Ver fotos(1)
La regidora Lizette Mimenza Herrera subraya que el PRI cometió pifias al colocar propaganda política en unidades deportivas del municipio y recalca que la autoridad electoral debe intervenir porque hay clara violación a las leyes.

Al ampliar sus comentarios en torno a la publicidad de Rolando Zapata Bello, candidato priista a la gubernatura, la edil panista reitera que con las fotos que se han publicado del caso, donde se ve a vehículos municipales junto a la propaganda, se presume que podría haber apoyo del Ayuntamiento con personal y equipo. De ser así, enfatizó, se estarían violando ordenamientos del municipio y otras normas.

Entre esas disposiciones ajenas a la ley electoral, añade, figuran las siguientes:

Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán.- El artículo 48, que se refiere a las atribuciones y obligaciones del Cabildo, dice que al Ayuntamiento le está prohibido "emplear su influencia para favorecer o perjudicar a determinada persona en los procesos de elección popular, impedirlos o retardarlos.".

El artículo 49 establece que los servidores públicos que contravengan esa norma "incurrirán en responsabilidad administrativa y penal".

Código Penal del Estado de Yucatán.- El artículo 401, que se refiere a los delitos electorales, dispone sanción de tres meses a seis años de prisión y de 70 a 200 días-multa al servidor público que "III. Destine fondos o bienes que tenga a su disposición en virtud de su cargo, al apoyo de un partido político o de un candidato, sin perjuicio de las sanciones que puedan corresponder por el delito de peculado o algún otro o proporcione ese apoyo a través de sus subordinados usando el tiempo correspondiente a sus labores, para que éstos presten servicios a un partido político o candidato".

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.- En su título tercero, capítulo uno, habla de las obligaciones de los funcionarios, y en el capítulo dos habla de las sanciones. En ambos hay conceptos aplicables en caso de confirmarse la participación de personal de la Comuna en el caso reportado.- Angel Noh Estrada
 

Tema: Elecciones en Yucatán 
En contexto:
En sus propias palabras

LUIS CANTO GARCIA, REGIDOR

"Hay un hecho claro: todos los campos deportivos del municipio se están usando para apoyar la campaña del PRI".

"En la pasada sesión de Cabildo toqué este punto, por la propaganda del PRI en el mercado Lucas de Gálvez. El alcalde ofreció investigar, pero esa publicidad sigue ahí".

"Definitivamente, de nuevo abordaremos el tema en la siguiente sesión de Cabildo".
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