Uno de los primeros casos que se dieron en Yucatán de noviazgos cibernéticos, en 2008, acabó en tragedia con la muerte de una joven embarazada y la sentencia a casi 40 años de su novio asesino y una cómplice.
Sin embargo, tras recurrir a diversas instancias, los homicidas lograron que sus condenas se redujeran a prácticamente la cuarta parte del tiempo que deberían permanecer en prisión.
Se trata del caso de la joven Karime del Rosario Canto Pisté, quien murió a manos de su novio Augusto Evia Osalde y Silvia Herrera Rejón, quieren pretendían que abortara, pero al salirse de control la situación por una hemorragia que no pudieron detener, decidieron ahorcarla y desmembrar su cuerpo para arrojarlo en un terreno de la carretera Hunucmá Sisal.
Inicialmente la mujer recibió una pena de 27 años y 6 meses de prisión y el sujeto, 35 años. Ambos recibieron también como condena el pago mancomunado de la reparación del daño moral por 147 mil 500 pesos.
Sin embargo, recurrieron al amparo directo y un Tribunal Colegiado (federal) modificó la sentencia, la cual quedó de 11 años, 10 meses y 15 días para Silvia Herrera, y de 13 años y 9 meses de prisión para Evia Osalde.
El caso estuvo plagado de dudas porque, entre otras cosas, la autopsia reveló que la joven murió desangrada por el aborto y no asfixiada, lo que indica que no fue un homicidio, aunque el propio detenido admitió haberla matado.
Sin embargo, tras recurrir a diversas instancias, los homicidas lograron que sus condenas se redujeran a prácticamente la cuarta parte del tiempo que deberían permanecer en prisión.
Se trata del caso de la joven Karime del Rosario Canto Pisté, quien murió a manos de su novio Augusto Evia Osalde y Silvia Herrera Rejón, quieren pretendían que abortara, pero al salirse de control la situación por una hemorragia que no pudieron detener, decidieron ahorcarla y desmembrar su cuerpo para arrojarlo en un terreno de la carretera Hunucmá Sisal.
Inicialmente la mujer recibió una pena de 27 años y 6 meses de prisión y el sujeto, 35 años. Ambos recibieron también como condena el pago mancomunado de la reparación del daño moral por 147 mil 500 pesos.
Sin embargo, recurrieron al amparo directo y un Tribunal Colegiado (federal) modificó la sentencia, la cual quedó de 11 años, 10 meses y 15 días para Silvia Herrera, y de 13 años y 9 meses de prisión para Evia Osalde.
El caso estuvo plagado de dudas porque, entre otras cosas, la autopsia reveló que la joven murió desangrada por el aborto y no asfixiada, lo que indica que no fue un homicidio, aunque el propio detenido admitió haberla matado.