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Ningún cambio al ciclo escolar

14 mayo 2014
Noticias de Yucatán ()

Respuesta del gobierno yucateco al sector privado

El gobierno del Estado respondió ayer de manera negativa a las demandas del sector privado de que las próximas vacaciones escolares de verano fueran de dos meses de duración.
En un comunicado, el Ejecutivo estatal dijo que lo que eventualmente se podría poner en análisis es la duración del próximo curso escolar.
De esa manera, el curso actual no tendrá variación y finalizará el 15 de julio. Las clases se reanudarán en la fecha que marque el nuevo calendario.
El sector privado fundamenta su solicitud, que se presentó oficialmente al gobierno del Estado, en que la prolongación de las vacaciones a dos meses sería algo que favorecería la economía yucateca, especialmente en los puertos de la costa, por el elevado número de veraneantes que se recibe en esas fechas. En gobiernos anteriores se ha modificado el calendario escolar para adaptarlos a las costumbres del Estado porque miles de yucatecos acuden a las playas.

“Son negociaciones de otro nivel”

A la expectativa de cambios en el calendario escolar

Cuando menos los dos sindicatos independientes del magisterio están a la expectativa sobre la modificación del próximo calendario escolar de Yucatán y anticiparon que se apegarán a las disposiciones de la Secretaría de Educación estatal.
El secretario general del Sindicato Estatal de Trabajadores de la Educación de Yucatán (Setey), profesor Rigoberto Cervantes Romero, informó que los sindicatos independientes acordaron no intervenir en las negociaciones entre el sector empresarial y el gobierno “porque son negociaciones de otro nivel” y respetarán el que emita y aprueben las autoridades educativas.
Cervantes Romero dijo que hasta el día de ayer desconocía cómo viene el nuevo calendario escolar, si tendrá los dos meses de vacaciones que solicita el sector empresarial, pero consideró que en 15 días debe publicarse el calendario federal de 2014-2015.
En el tema del tradicional aumento salarial con motivo del Día del Maestro, el profesor Cervantes informó que los sindicatos independientes del centro del país le informaron que los aumentos vienen en porcentajes similares al del año pasado.
“Con que respeten los porcentajes del año pasado ya es ganancia para los maestros”, indicó.
Los otros líderes del magisterio yucateco, Ángel Burgos Narváez y José Crescencio Gutiérrez González, de las secciones 57 y 33 del SNTE, viajaron a la ciudad de México para las negociaciones del aumento salarial y de prestaciones que otorga el gobierno federal.
El nuevo líder de la Sección 33 todavía no recibe las instalaciones del sindicato del SNTE, ubicado en el fraccionamiento Yucalpetén, y tampoco ha dado a conocer la lista definitiva de los integrantes del nuevo comité seccional que fue electo durante el pasado congreso extraordinario celebrado el viernes en esta ciudad.
Los maestros afiliados de esta rama del SNTE todavía no están seguros si ratificarán su elección porque oficialmente no se ha publicado en los medios y en el propio sindicato los nombres de losnuevos dirigentes que estarán cuatro años como comisionados.
Al parecer, el profesor Gutiérrez González tendrá su primera reunión con sus cercanos colaboradores en las oficinas sindicales del SNTE.

Desechan un amparo contra el impuesto estatal a las nóminas

12 mayo 2011
Noticias de Yucatán

(palo a empresarios, amparo, alza, impuestos)

11 mayo 2011
Comunicado del Congreso del Estado

La Juez Cuarto de Distrito el Estado, Mirza Estela Be Herrera, negó el amparo de la justicia a la Consultora Administrativa Peninsular, S.A. de C.V., que promovió contra el decreto 352, particularmente a los artículos 21, 24, 38, 47, 47-F, 47-I, 47-K de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán, al inconformarse por el pago del impuesto al serviciopersonal.

De acuerdo con el resolutivo, que fue notificado al Poder Legislativo, se consideraron infundados e inoperantes los conceptos planteados por la parte quejosa, con lo que quedan a salvo los actos realizados por el Congreso del Estado (expedición y aprobación), de la titular del Ejecutivo estatal (iniciativa, promulgación y orden de publicación), del Secretario General de Gobierno (refrendo), del director del Diario Oficial (publicación), del Secretario y el director de Ingresos de la Secretaría de Hacienda del Gobierno del Estado y del Jefe de Departamento de Recaudación y Recursos federales y Departamento de Agencias Foráneas (Ejecución).

La Consultora Administrativa Peninsular, S.A. de C.V. sostenía que se violaba el principio de legalidad porque la iniciativa de decreto enviada por el Ejecutivo al Congreso del Estado carecía del refrendo o firma del Secretario de Hacienda del Gobierno del Estado.

Sin embargo, ese argumento no encontró sustento ya que quedó patentizado, de forma incuestionable, que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Yucatán que establecía la necesidad de la firma del titular de la Secretaría de Hacienda en la iniciativa impugnada, fue abrogada desde 2008 para dar paso al Código de la Administración Pública del Estado de Yucatán.

También, la empresa quejosa presumía que el Congreso del Estado violó el principio de legalidad ya que el decreto 352 se fundó en el artículo 18 de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo, relativo a las facultades de la Legislatura local para emitir leyes, acuerdos y decretos.

Al respecto, la Juez reiteró que, en contraste a lo que sostiene la firma consultora, la iniciativa de Ley propuesta por la titular del Ejecutivo no requería que fuera firmado por el Secretario de Hacienda, sino únicamente por el Secretario de Gobierno.

Un tercer concepto de violación esgrimido por la empresa que promovió el juicio de amparo fue que se atentaba contra el principio de territorialidad al considerar que el artículo 21, relativo al pago del impuesto sobre erogaciones por remuneración al trabajo persona, contenido en el decreto 352, aplicaba una doble tributación, toda vez que paga ese mismo impuesto en el Distrito Federal.

Sobre este punto la Juez Cuarto de Distrito, al analizar el mencionado artículo, observó que existen dos erogaciones gravables: el concepto de remuneración al trabajo personal subordinado y las remuneraciones a honorarios asimilables, siempre y cuando los servicios que se generen en territorio yucateco.

También se considera objeto de esa contribución el servicio personal subordinado, cuando se preste en Yucatán, no obstante que se pague ese impuesto en otra entidad federativa o en el Distrito Federal.

En ese contexto, Be Herrera resolvió que el acto gravado con el impuesto del 2.5 por ciento sobre nómina radica en la prestación del servicio que debe efectuarse en el territorio de la entidad yucateca “de ahí que resulten infundados los argumentos de las empresa quejosa pues no se extiende territorialmente para gravar actos o hechos jurídicos que se verifiquen fuera de su territorio”.

La Consultora Administrativa Peninsular también sostuvo que se violaban los principios de equidad y proporcionalidad ya que el Ejecutivo debió aumentar la tasa en el cobro de otros impuestos como enajenación de vehículos usados, sobre el ejercicio profesional, sobre loterías, rifas, tenencia y otros más, ya que, en su opinión, se generaba un perjuicio inequitativo al universo de causantes de contribuciones locales.

Basada en jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Juez determinó que existen insuficiencias para asegurar que existe una inconstitucionalidad ya que el principio de proporcionalidad contenido en el artículo 31 de la Constitución Federal indica que los sujetos pasivos deben contribuir a los gastos públicos en función de su respectiva capacidad contributiva.

De manera que las personas que obtengan ingresos elevados tributen en forma cualitativamente superior a los de medianos y reducidos recursos, es decir, la proporcionalidad se encuentra vinculada con la capacidad económica de los contribuyentes, para que en cada caso, el impacto sea distinto no solo en cantidad sino en lo relativo al mayor o menor sacrificio de los ingresos, utilidades o rendimientos.

En el quinto punto de la resolución la Juez señaló que es inoperante la violación ya que la parte quejosa no demostró que se encuentra en las mismas circunstancias jurídicas que los contribuyentes de los demás impuestos locales.

De tal forma que la autoridad jurisdiccional hizo extensivo los alcances del resolutivo a los actos de la titular del Poder Ejecutivo y el director del Diario Oficial del Gobierno del Estado “en virtud de que no se les reclama vicios propios”.

Pedirán la revisión del amparo contra impuesto a las nóminas

10 mayo 2011
Noticias de Yucatán

(empresarios, amparo, alza, impuestos, palo a empresarios)

10 mayo 2011
La Canaco dice que aún no se revisa a fondo el asunto
La Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Mérida solicitará la revisión del amparo contra el aumento del 2.5% al impuesto sobre la nómina, informó Jorge Manzanilla Pérez, presidente de esa agrupación.


-Hasta el juez ha rechazado cinco de los amparos promovidos porque considera que los comerciantes no han sido afectados por el incremento del 0.5% a este impuesto -señaló.

-Entre otras cosas es porque hay un renglón donde en el momento que se bajó el formato del gobierno del Estado decía nómina 2%, y como eso era lo que se pagaba antes no puede haber afectación. En realidad el 2% era lo asentado, pero preparado para que al momento de hacer el calculo del pago se cobrara el 2.5% -continuó.

-Sin embargo, este formato decía 2%, porque así es como bajamos el documento de internet -dijo el líder de los empresarios.

-Por eso nosotros creemos que en ninguno de los casos se ha llegado al estudio profundo del amparo y por ello estamos solicitando la revisión del mismo.

-En cada uno de los amparos tenemos 10 días hábiles para promover la revisión, el primero será este jueves.

Señaló que la Canacome considera que, una vez que se estudien a profundidad las razones que se esgrimen como agravios en los amparos, se cree que tendrán la razón.-

"Fue tablas, no ganó el amparo" sobre impuesto a las nóminas

30 abril 2011
Noticias de Yucatán

(alza, impuestos, amparo, canacome, palo a empresarios)

30 abril 2011
La Canacome dice que acudirán a la segunda instancia
Jorge Manzanilla Pérez, presidente de la Cámara de Comercio de Mérida (Canacome), diceno se ha perdido un amparo del impuesto a nóminas
Jorge Manzanilla Pérez, presidente de la Cámara de Comercio de Mérida (Canacome), diceno se ha perdido un amparo del impuesto a nóminas Ver fotos(1)

"Es falso que el gobierno del Estado haya ganado el amparo contra el 2.5% sobre las nóminas. Simplemente la jueza tercera (Julia Ramírez Alvarado) decidió no entrar a estudiar a fondo del asunto, así que no concedió, negó ni juzgó nada", subraya Jorge Manzanilla Pérez, presidente de la Cámara de Comercio de Mérida (Canacome).

"En términos coloquiales, fue tablas, el Ejecutivo no ganó el amparo. Ahora nos vamos a revisión ante la segunda instancia (Tribunal Colegio de Circuito) porque consideramos que la jueza se basó en un argumento irreal para declarar el sobreseímiento", advierte el directivo.

"Por descuido o incluso pudo haber sido de manera deliberada, la Secretaría de Hacienda del gobierno del Estado no actualizó el formato del impuesto a la nómina que se pagó en febrero, aparecía con el 2%, cuando en realidad cobró el 2.5%. La jueza no se fijó que en este caso la Guardería Participativa de la Cámara de Comercio (promovente del juicio de garantías) sí pagó el equivalente al 2.5%, aún cuando el formato decía 2%", apunta Manzanilla Pérez.

En contexto:
Canacome | Amparo

La Cámara de Comercio de Mérida afirma que pedirá la revisión del amparo sobreseído.

Formato

"La jueza habrá visto que el formato electrónico de Hacienda decía el 2% (sobre las nóminas) y por eso consideró que no había materia", dice Jorge Manzanilla.

"No podemos"

"Los socios pagaron el impuesto con ese formato, porque no lo podemos cambiar, sólo lo puede hacer la autoridad. Pero haremos valer ante el Tribunal Colegio que sí hay afectación porque los socios pagaron el equivalente al 2.5%".

No procede una petición contra el gobierno estatal

29 abril 2011
Noticias de Yucatán

(palo a empresarios, amparo, injusticia, abuso, alza, impuestos)

29 abril 2011
La demanda, por el alza del impuesto sobre las nóminas

La Jueza Tercera de Distrito en el Estado, Julia Ramírez Alvarado, determinó sobreseer el amparo que promovió la Guardería Participativa Cámara de Comercio de Mérida, Asociación Civil, por conducto de su apoderada, María del Carmen González Moncada, en contra del aumento de 2 a 2.5% del impuesto sobre nóminas que se aplicó este año.


Según la Consejería Jurídica del gobierno del Estado, la jueza determinó sobreseer la petición de amparo IV-228/2011 y validar los argumentos vertidos por el Poder Ejecutivo en defensa del decreto impugnado. La juzgadora, añade la Consejería, determinó que los artículos tildados de inconstitucionales por los promoventes del amparo tienen el carácter de aplicarse a todas las personas, sin distinción.

Se trata de la segunda resolución de un tribunal federal en un lapso de ocho días ante recursos promovidos por las medidas fiscales de este año del gobierno del Estado.

El miércoles 20 el Diario informó que con el argumento de que se trata de una facultad del Ejecutivo estatal y una medida que beneficia a las familias yucatecas, la jueza cuarta de Distrito en Yucatán determinó que es constitucional el decreto 367 de la gobernadora Ivonne Ortega, para exentar el pago de tenencias a los automotores con precio menor de $300,000.

Tanto contra el exento del pago de tenencias como por el aumento del impuesto sobre nóminas, numerosos empresarios y particulares presentaron amparos a principios del año.

En el caso del impuesto sobre nóminas fueron más de 100 empresarios que presentaron este recurso legal, en dos tiempos.

Los primeros lo hicieron cuando empezaba a entrar en vigencia este aumento y otros lo hicieron cuando ya habían hecho el primer pago del incremento, demostrando su afectación.

El comunicado de prensa de la Consejería Jurídica no precisa en cuál de los tiempos se promovió el amparo sobre el que resolvió la juzgadora.

La dependencia estatal considera en su comunicado que se resolvió en forma favorable al gobierno del Estado y se avalan los Decretos 352 y el 351 emitidos por el gobierno del Estado.

Con este decreto se reformaron distintas disposiciones de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán. Fue expedido el 11 de diciembre de 2010, entró en vigor a partir del 1 de enero del 2011 e incluyó el aumento del impuesto sobre nóminas.

Faltan por resolver más amparos presentados contra este aumento del impuesto sobre nóminas y también por la exención del pago de tenencias aún pendientes en los juzgados federales.- David Domínguez Massa

En contexto:
Gobierno | Amparos

Resuelven sobre los primeros amparos por medidas fiscales del gobierno del Estado.

Segunda instancia

Aunque el gobierno ha salido bien librado de los primeros amparos promovidos contra la exención del cobro de tenencias vehiculares a algunos propietarios y también contra el aumento del 2% al 2.5% del impuesto sobre nóminas, los empresarios pueden recurrir a una segunda instancia.

Revisión

La segunda instancia consiste en solicitar al Tribunal Colegiado de Cricuito una revisión de estas resoluciones que le fueron adversas a los empresarios y aparentemente favorecieron al gobierno del estado en sus medidas hacendarias

El gobierno confía en sus razones en amparos de empresarios

24 abril 2011
Noticias de Yucatán

(amparo, empresarios, alza, impuestos, tenencia, palo a empresarios)

24 abril 2011
Espera que no procedan amparos contra el decreto 367
Los amparos de los empresarios contra el decreto 367 fueron más una forma de protesta que por denunciar una ilegalidad, de ahí que el gobierno del Estado lograra ganar el primero, declaró el consejero jurídico Sergio Cuevas González.


La respuesta del Ejecutivo a esos más de 70 amparos por la recientemente decretada exención de la tenencia vehicular en Yucatán está basada en las leyes, por eso hay laconfianza de que en los recursos legales que faltan también le den la razón al gobierno estatal.

El miércoles pasados informamos que el primero de estos amparos se resolvió a favor del Ejecutivo.


24 abril 2011
"Nada ilegal, sólo hay inconformes"
El decreto 367 no viola ningún principio, afirman

El gobierno del Estado espera que los demás amparos presentados por numerosos empresarios contra el decreto 367 sobre la exención del cobro de las tenencias vehiculares tampoco procedan, como ya sucedió con el primero, declaró ayer el consejero jurídico estatal, abogado Sergio Cuevas González.

"En el primer caso que se resolvió en los juzgados federales nos dieron la razón, y esperamos que todos los que aún faltan vengan también en el mismo sentido", afirmó.

Esta semana informamos que con el argumento de que se trata de una facultad del Ejecutivo y una medida que beneficia a las familias yucatecas, la jueza cuarta de Distrito en el Estado decidió que es constitucional el decreto 367 que emitió la gobernadora Ivonne Ortega Pacheco en enero pasado, con lo que éste quedó firme.

Cuevas González admitió que este fue el primero de más de 70 amparos de empresarios locales contra la disposición de la gobernadora, y están pendientes por resolverse todos los demás.

Los promotores de estos recursos legales alegan, entre otras cosas, que Ivonne Ortega no tiene atribuciones para emitir ese tipo de decretos y que además viola los principios de equidad tributaria, al conceder la exención sólo a algunos y no a todos los contribuyentes que pagan tenencias, recordó.

El funcionario señaló que no es la primera vez que el gobierno del Estado exenta el pago de algún impuesto, por tanto, esta acción sí forma parte de las facultades que corresponden a la gobernadora como lo documentaron y así lo confirmó la jueza.

Sobre la presunta inequidad, explicó que respondieron que ésto es válido siempre y cuando se presente en una situación "de iguales", en la que todos los involucrados o afectados estén en las mismas circunstancias y situaciones; sin embargo, aquí no fue el caso, no hay la igualdad.

No todos los que deben pagar tenencia -continuó el consejero- tienen la misma situación económica, y ni hablar de las demás circunstancias que no son las mismas para todos los contribuyentes.

Estos argumentos fueron en los que la jueza le dio la razón al gobierno del Estado para confirmar que fue correcta la aplicación del decreto 367 y los funcionarios esperan que lo mismo suceda con los demás amparos pendientes por resolver.

Cuevas González estimó que en los próximos 30 ó 40 días se podrían resolver todos los demás en trámite y se mantendrán al pendiente de ellos.

También mencionó que a los empresarios les queda el recurso de revisión de las sentencias ante el Tribunal Colegiado, donde podría continuar esta lucha jurídica, pero de todas maneras espera que de llegar hasta esa instancia el resultado sea el mismo: que también se confirmen y les den la razón.

El consejero jurídico estatal comentó que estas manifestaciones legales fueran presentados por los empresarios más para mostrar su inconformidad que porque fuera algo ilegal o incorrecto.- DAVID DOMíNGUEZ MASSAdmassa@megamedia.com.mx

En contexto:
Gobierno | Amparos

Los empresarios sabían que podían perder el amparo, y así lo advirtieron al principio.

Protesta

El presidente de la Coparmex-Mérida, Jorge Caamal Burgos, ha declarado que el recurrir al amparo era una forma de protestar contra una medida unilateral del Ejecutivo.

A segunda instancia

Caamal Burgos tampoco descartó que a quienes le nieguen el recurso legal, como fue el primer caso, no se vayan al Tribunal Colegiado.

Niegan un amparo en el pleito legal de Holbox

22 abril 2011
Noticias de Yucatán

(amparo, palo a empresarios, holbox)

22 abril 2011
Un ejidatario gana el segundo raund contra empresarios
El primer Tribunal Colegiado de Circuito, con sede en Cancún, negó el amparo que promovieron los empresarios yucatecos Fernando Francisco Ponce García y Ermilo Javier Castilla Roche, representantes del Fideicomiso para la Promoción y Desarrollo Sustentable de la Isla Holbox y la sociedad mercantil Península Maya Developments, que tienen ambicioso proyecto turístico en esa isla.


El tribunal federal notificó al representante de los campesinos demandantes, Fernando Chalé Ku, de la sentencia, con lo cual uno de los nueve ejidatarios ganó el segundo raund jurídico contra los inversionistas.

El Tribunal Unitario Agrario 44, con sede en Chetumal, como publicamos el 13 de julio de 2010, decretó la nulidad absoluta del contrato de aportación y venta de parcelas que realizaron los ejidatarios titulares al Fideicomiso y la empresa Península Maya, porque no se respetó la preferencia de compra a favor de los hijos de los campesinos, como dispone la Ley Agraria.

Con esa sentencia agraria los campesinos recuperaron 900 metros de playa de Holbox y se abrió el camino para que por medio de los juicios recuperaran otros 5 kilómetros de playas que ya estaban en poder de los empresarios yucatecos y quintanarroenses, donde figura el ex secretario de Fomento Económico de Yucatán, Jaime Zetina González, primo del ex gobernadora Félix González Canto.

Como el amparo fue de manera individual contra un juicio agrario, el efecto legal es que el campesino favorecido recuperará su parcela cuando la sentencia federal de primera instancia quede firme. Están pendientes otros ocho amparos que promovieron los empresarios para revertir el fallo del Tribunal Unitario Agrario 44, que preside el magistrado Benjamín Arellano Navarro. Si pierden el amparo legalmente quedará firme la sentencia agraria y las demás parcelas volverán a sus dueños.El conflicto por la posesión de las playas de Holbox desató la molestia de los isleños afectados, quienes se manifestaron con pintas en la barda del campo de sóftbol que decían: "Holbox pa' holboxeños" y "Si quieres Holbox, lo pagarás con sangre". Además, TV Azteca transmitió un reportaje especial sobre el conflicto entre posesionarios y empresarios.Los promoventes de los juicios agrarios, ganados por el abogado yucateco Chalé Ku, son Fátima Janadell Correa Duarte, Miguel Humberto Zapata Campos, Elda María Jiménez Gasca, Mildret de la Candelaria Argüelles García, Edwin Mauricio Argáez Cetina, Alfredo Alí Jiménez Salas, Wilbert Iván Betancourt Sabatini, Raúl Benigno Escalante Jiménez y Claudia Cecilia Coral Sánchez.-

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