Fallo inédito de un juez en un caso de posesión de mariguana

22 noviembre 2015
Noticias de Yucatán



En un fallo inédito, un juez federal de Yucatán descriminalizó este viernes la posesión de mariguana en cantidades superiores a las dosis máximas de consumo personal que permite la ley.
Christian Omar González Segovia, Juez Segundo de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio de Yucatán, determinó que es inconstitucional el tipo penal que criminaliza la posesión simple de mariguana y canceló el juicio a Carlos Alberto Ruiz Poot, quien estaba bajo ‘libertad condicional’ por un lapso de diez meses.
El fue detenido con 15.7 gramos de la hierba, de manera que esta cantidad es poco más del triple de los 5 gramos que pueden poseerse sin penalización alguna, con base en la Tabla de Dosis Máximas de Consumo Personal e Inmediato de la Ley General de Salud.
El mismo juez dispuso que siga el juicio contra José Ismael Noh Villegas, quien fue el que le vendió la droga a Carlos Alberto.
La resolución salvó al procesado de una condena de 10 meses a 3 años de prisión y de una multa de hasta 80 días de salario mínimo, sanciones previstas en el artículo 477 de la citada ley.
El Consejo de la Judicatura Federal informó que el Juzgado Segundo de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio en el Estado de Yucatán, en funciones de Juez de Control, en la audiencia correspondiente a la causa 13/2015, concluyó que era inconstitucional e incompatible con la Convención Americana de Derechos Humanos el tipo penal que criminaliza la posesión simple del estupefaciente mariguana.
El juez consideró al individuo como farmacodependiente, por lo que prácticamente es libre de consumir algún tipo de droga con fines recreativos o lúdicos.
Ambos fueron detenidos en Mérida el 1 de julio alrededor de las 22:30 horas.
De hecho, Carlos Alberto Ruiz fue dejado libre poco después por la suspensión a condición a proceso por un lapso de 10 meses, pero a petición de sus defensores se programó la audiencia pública en la que el Juez se pronunció sobre la inconstitucionalidad.
El Juez consideró que limitar al consumidor a tener en posesión 5 gramos, atenta contra su libre derecho de desarrollo de su personalidad, ya que sólo él decide cómo vivir su vida y la cantidad que consuma en forma recreativa.
En Mérida, el edificio del Poder Judicial Federal se encuentra en la avenida Itzaes, con  la calle 79 y 79 A de la colonia Sambulá, en donde funcionaron las oficinas de la empresa Bepensa. Formal Prisión.

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