IFT anula multas a Televisa y Tv Azteca

19 diciembre 2017
Noticias de Yucatán 
El Instituto Federal de Telecomunicaciones declaró insubsistentes multas contra Televisión Azteca y contra Televisión Internacional de Televisa en cumplimiento del mandato de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El Pleno del Instituto explicó que dejó insubsistentes dos resoluciones emitidas el 2 de marzo y el 23 de agosto de 2016, mediante las cuales se les había impuesto sanciones económicas a Televisión Azteca, y a Televisión Internacional, filial de Televisa.

En ambos casos la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró que el artículo 298, inciso B, fracción IV, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión "es inconstitucional en la porción normativa que establece un porcentaje de sanción mínima del uno por ciento del ingreso del infractor, pues sanciona en el mismo porcentaje mínimo tanto a las conductas que producen efectos poco dañinos, como a aquellas que causan una seria afectación jurídica o material".

Conforme a lo establecido en dicho artículo de la Ley, el IFT impuso a Televisión Azteca una sanción por 4 millones 759 mil 682.85 pesos, por incumplir con los parámetros establecidos para la instalación, operación y uso temporal de un canal adicional para realizar transmisiones digitales simultáneas de su canal analógico.

En el caso de Televisión Internacional la sanción impuesta fue de 31 millones 104 mil, 326.66 pesos, debido a que la concesionaria no retransmitía, al momento en que se llevó a cabo la visita de verificación, el canal multiprogramado 11.2 del Instituto Politécnico Nacional identificado como Once Niños.

En la misma sesión, el Pleno aprobó el acceso a multiprogramación a Radiotelevisora de México Norte, de Televisa en relación con la estación de televisión con distintivo de llamada XHTAH-TDT, en Tapachula, Chiapas, para transmitir la programación de “Canal 5” y “Gala TV” a través de los canales virtuales 5.1 (HDTV) y 5.2 (SDTV).

Por lo que toca a la Licitación No. IFT-4, que tiene por objeto concesionar 191 frecuencias de la banda de frecuencia modulada y 66 de la banda de amplitud modulada, para radiodifusión sonora, el Pleno declaró desiertos 79 lotes en los que no se registró participación (35 de AM y 44 de FM), y 37 lotes en los que se descalificó al participante ganador y no hubo más ofertas subsecuentes válidas (4 en AM y 33 en FM).

Respecto de estos últimos 37 lotes, serán contempladas en la licitación que realice próximamente el Instituto sobre las frecuencias para uso comercial previstas en los programas anuales de uso y aprovechamiento de bandas 2016, 2017 y 2018, para el servicio de radiodifusión sonora.

Asimismo, se emitieron 41 Resoluciones que, por efecto de la acumulación de procedimientos, resuelven 59 desacuerdos de interconexión entre diversos concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones, en los cuales, de conformidad con lo establecido por el Instituto en el Acuerdo de Condiciones Técnicas Mínimas y tarifas 2018, se determinaron diversas tarifas de interconexión aplicables del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, entre las que se encuentran terminación de voz en redes fijas y móviles de concesionarios distintos al agente económico preponderante originación y tránsito en la red del prepinderante; así como tarifas de servicios no conmutados de interconexión proporcionados por el mismo preponderante, como coubicación y enlaces de transmisión de interconexión entre coubicaciones gestionados y no gestionados.

Por otro lado, el Pleno acordó declarar la pérdida de bienes, instalaciones y equipos empleados por una persona que invadía el espectro radioeléctrico en el intervalo de frecuencias 815 MHz a 835 MHz, en el municipio de Guadalajara, Jalisco; así como a otra persona, a la que además se le impuso una multa, por prestar servicios de radiodifusión a través del uso de la frecuencia 107.5 MHz, en Huejotzingo, Estado de Puebla, sin contar con concesión, permiso o autorización.

El regulador impuso una multa de 52 millones 47 mil 222.50 pesos una empresa en el Estado de Chiapas, que prestaba servicios de telecomunicaciones en su modalidad de radiocomunicación privada haciendo uso de la frecuencia 158.875 MHz sin contar con la concesión, permiso o autorización correspondiente. La Jornada Maya
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