Tus ahorros e inversiones también pagan impuestos

27 abril 2018
Noticias de Yucatán

El porcentaje que el fisco se queda depende del tipo de activo (renta fija o variable) en el que inviertas y puede ir del 0.58% hasta 20%.

 (Expansión) -
Antes de comenzar a invertir, debes saber algo que probablemente no te gustará: las ganancias o intereses que obtengas pagarán impuestos. El porcentaje que el fisco se queda depende del tipo de activo (renta fija o variable) en el que inviertas y puede ir del 0.58% hasta 20%.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), a través de su informe Taxation of Household Saving, publicado este mes, detalla que los impuestos pueden afectar el ahorro de los individuos de dos maneras: en la composición de la cartera o portafolio que elija un inversionista y en la asignación de los ahorros que destine según su etapa de la vida.
De acuerdo con el estudio, hecho en 40 países entre ellos México, los contribuyentes responden a los incentivos en el sistema tributario y, con base en estos, alteran sus inversiones hacia los activos que pagan menos impuestos o tienen deducciones, como el ahorro para el retiro.
“A nadie le gusta que le disminuyan sus ingresos o que le hagan reducciones por concepto de impuestos, pero es parte del sistema financiero formal. La ventaja de ahorrar e invertir en el sistema a través de sociedades reguladas, en comparación con los métodos de ahorro informales, es que en estos últimos el riesgo de no tener el retorno de tu inversión más las ganancias es alto”, explica Roberto Colín Mosqueda, integrante de la Comisión Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México.
Estos son los impuestos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te cobra por guardar tu dinero:
FONDOS DE RENTA VARIABLE
Los fondos de inversión que en su panza contienen acciones te darán ganancias. Estos rendimientos reales (descontando la inflación) serán gravados con el 10% por el fisco, explica Carlos Silis, subdirector de Impuestos de Principal Financial Group. Es decir, si al final de tu periodo de inversión (tres, cinco o 10 años) tuviste una ganancia de 10,000 pesos, a la hora de tu declaración anual como persona física (en abril) el SAT te quitará 1,000 pesos.
Así sucederá incluso si tu fondo de inversión es mixto (renta fija más renta variable): la parte invertida en acciones pagará 10%.
FONDOS DE RENTA FIJA
Los instrumentos de deuda como Cetes, bonos o fondos de renta fija gubernamental o corporativa pagan intereses. Anualmente el SAT te retendrá una tasa del 0.58% sobre tu monto ahorrado, comenta Vicente Romero Said, experto en impuestos y catedrático de posgrado de la Escuela Bancaria y Comercial. Esta tasa se divide entre 12 meses (0.048%) y cada mes el fisco te retendrá este porcentaje sobre el monto de tu ahorro total (capital más intereses acumulados).
Por ejemplo, si habías invertido 10,000 pesos en abril, el SAT te retendrán 480 pesos ese mes. El siguiente mes tu dinero habrá generado intereses por la tasa de Cetes a la que lo invertiste, sobre ese monto se te volverá a descontar la tasa del 0.048%. Y así sucesivamente hasta terminar el periodo de tu inversión.
Al final del año, estos intereses ganados (o ganancias) deberás sumárselos a tus ingresos totales en tu declaración de impuestos. Para cobrarte tus impuestos totales, el SAT tomará en cuenta estas retenciones que hizo previamente a tus inversiones. Es una práctica es común que el fisco te dé saldo a favor en este tipo de inversiones, coinciden especialistas.
DIVIDENDOS
Los inversionistas que reciben dividendos por tener acciones de una empresa, de acuerdo al artículo 140 de la Ley del Impuesto sobre la renta, deberán pagar 10% sobre los dividendos que haya percibido.
AHORRO PARA EL RETIRO
Los planes personales de ahorro para el retiro (ppr), que se contratan a través de un fondo de inversión, casa de Bolsa o bancos, son inversiones a largo plazo (es conveniente que saques el dinero hasta que tengas 65 años). Sus ganancias, si son de renta variable, o sus intereses, si son de renta fija, pagan impuestos como se detalla en los casos anteriores.
Pero si decides romper el trato y retirar tu dinero antes de tiempo, el Servicio de Administración Tributaria te retendrá el 20% de tu ahorro a manera de penalización, comenta Colín Mosqueda.
El ahorro para el retiro tiene un beneficio fiscal: tus aportaciones serán deducibles hasta el 10% de tus ingresos. Es decir, si tuviste de ingresos anuales 100,000 pesos, podrás hacer deducible hasta 10,000 pesos en aportaciones voluntarias.
"Sin importar el tipo de inversión del que se trate, pide a tu asesor la constancia de ganancias o retención de impuestos para que con ella realices tu declaración anual. Así corroborarás los datos ya registrados en el sistema", agrega Carlos Silis.
Para Vicente Romero, hay un impuesto que ataca a todas las inversiones del país: la inflación. "Cuando los intereses o el rendimiento que te da tu inversión es negativo, el SAT no cobra impuestos, pero tampoco tienes ganancias", afirma.

compartir en facebook compartir en twitter compartir en google+

Visitas

Opinión

Elecciones

Nota Destacada