Noticias de Yucatán
(apro).- El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán (Iepac) aprobó hoy las normas reglamentarias del periodo de intercampañas y fijó los límites de aportaciones en dinero o en especie que podrán recibir los candidatos de sus partidos y simpatizantes para sus campañas proselitistas.
La entidad tendrá este año elecciones concurrentes para renovar la gubernatura, el Congreso local y sus 106 ayuntamientos.
En sesión extraordinaria, el órgano electoral estableció las reglas para el periodo de intercampañas, que va del 12 de febrero al 29 de marzo, con las que busca inhibir actos anticipados de campaña por parte de los partidos políticos y sus candidatos a los diferentes puestos de elección popular, con el fin de garantizar la equidad entre los contendientes en este proceso.
De acuerdo con esas bases, los partidos no podrán exponer ante la ciudadanía por sí mismos ni a través de sus precandidatos y/o candidatos sus plataformas electorales presentadas o registradas ante el Iepac, y los precandidatos y/o candidatos registrados ante sus respectivos órganos partidistas no podrán promoverse con el fin de llamar al voto en actividades de proselitismo.
Durante esos 46 días, sólo está permitido a los partidos políticos el acceso a los tiempos del Estado en radio y televisión, de manera igualitaria y sólo para la difusión de sus mensajes genéricos, en términos de lo ordenado por el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral.
Tampoco podrán celebrarse debates entre los precandidatos, candidatos, partidos políticos y coaliciones, quedando a salvo las garantías fundamentales establecidas para el ejercicio de la libertad periodística, los programas de opinión y las mesas de análisis político.
“No obstante, la libertad de expresión de los precandidatos y candidatos, así como el derecho de los medios de comunicación para ejercer su labor periodística a realizar entrevistas, están salvaguardados en todo momento”, se acordó.
En tanto, los medios de comunicación podrán realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, precandidatos y candidatos postulados con respeto absoluto a la equidad y a las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en la radio y la televisión.
En ese lapso tendrán que abstenerse de realizar actos de propaganda consistentes en conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que difunden con fines propagandísticos los precandidatos o candidatos.
Los partidos sólo podrán difundir propaganda política de carácter genérico conforme a los límites fijados en las leyes, siempre y cuando no promueva candidaturas ni soliciten el voto a su favor para la jornada electoral local.
Asimismo, los consejeros fijaron en 22 millones 156 mil 150 de pesos con cinco centavos el límite o monto máximo que cada partido político podrá recibir durante el 2018 por aportaciones en dinero o en especie de militantes.
El límite para este año, en el caso de las aportaciones en dinero o en especie para los candidatos, así como de simpatizantes, por cada uno de los partidos políticos será de 26 millones 888 mil 966 pesos con 73 centavos.
El límite individual anual de las aportaciones en dinero o en especie de simpatizantes para este año será de un millón 680 mil 560 pesos con 42 centavos y, “en ningún caso, la suma del financiamiento privado de cada partido, bajo todas sus modalidades, podrá ser superior al monto de financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, para sus gastos de campaña y actividades específicas”.
(apro).- El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán (Iepac) aprobó hoy las normas reglamentarias del periodo de intercampañas y fijó los límites de aportaciones en dinero o en especie que podrán recibir los candidatos de sus partidos y simpatizantes para sus campañas proselitistas.
La entidad tendrá este año elecciones concurrentes para renovar la gubernatura, el Congreso local y sus 106 ayuntamientos.
En sesión extraordinaria, el órgano electoral estableció las reglas para el periodo de intercampañas, que va del 12 de febrero al 29 de marzo, con las que busca inhibir actos anticipados de campaña por parte de los partidos políticos y sus candidatos a los diferentes puestos de elección popular, con el fin de garantizar la equidad entre los contendientes en este proceso.
De acuerdo con esas bases, los partidos no podrán exponer ante la ciudadanía por sí mismos ni a través de sus precandidatos y/o candidatos sus plataformas electorales presentadas o registradas ante el Iepac, y los precandidatos y/o candidatos registrados ante sus respectivos órganos partidistas no podrán promoverse con el fin de llamar al voto en actividades de proselitismo.
Durante esos 46 días, sólo está permitido a los partidos políticos el acceso a los tiempos del Estado en radio y televisión, de manera igualitaria y sólo para la difusión de sus mensajes genéricos, en términos de lo ordenado por el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral.
Tampoco podrán celebrarse debates entre los precandidatos, candidatos, partidos políticos y coaliciones, quedando a salvo las garantías fundamentales establecidas para el ejercicio de la libertad periodística, los programas de opinión y las mesas de análisis político.
“No obstante, la libertad de expresión de los precandidatos y candidatos, así como el derecho de los medios de comunicación para ejercer su labor periodística a realizar entrevistas, están salvaguardados en todo momento”, se acordó.
En tanto, los medios de comunicación podrán realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, precandidatos y candidatos postulados con respeto absoluto a la equidad y a las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en la radio y la televisión.
En ese lapso tendrán que abstenerse de realizar actos de propaganda consistentes en conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que difunden con fines propagandísticos los precandidatos o candidatos.
Los partidos sólo podrán difundir propaganda política de carácter genérico conforme a los límites fijados en las leyes, siempre y cuando no promueva candidaturas ni soliciten el voto a su favor para la jornada electoral local.
Asimismo, los consejeros fijaron en 22 millones 156 mil 150 de pesos con cinco centavos el límite o monto máximo que cada partido político podrá recibir durante el 2018 por aportaciones en dinero o en especie de militantes.
El límite para este año, en el caso de las aportaciones en dinero o en especie para los candidatos, así como de simpatizantes, por cada uno de los partidos políticos será de 26 millones 888 mil 966 pesos con 73 centavos.
El límite individual anual de las aportaciones en dinero o en especie de simpatizantes para este año será de un millón 680 mil 560 pesos con 42 centavos y, “en ningún caso, la suma del financiamiento privado de cada partido, bajo todas sus modalidades, podrá ser superior al monto de financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, para sus gastos de campaña y actividades específicas”.