Noticias de Yucatán
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la exigencia de no dar trabajo a los estudiantes de posgrado que obtengan becas de instituciones como el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).
El pasado miércoles la Segunda Sala de la Corte votó a favor de amparar a un estudiante de posgrado que perdió una beca dada por el Conacyt, debido que se encontraba trabajando en actividad distinta a la docencia o investigación.
El Conacyt resolvió suspender el pago de la beca porque consideró que el quejoso incumplió con el requisito de “dedicación exclusiva”.
Contra la resolución el denunciante llegó hasta el amparo y argumentó la violación a su derecho constitucional a recibir educación, sin embargo, un Tribunal Colegiado le negó la petición por lo que en la revisión el asunto fue admitido por la SCJN.
El expediente fue enviado a la ponencia del ministro Fernando quien concluyó que, efectivamente, se privó al quejoso injustificadamente de la beca que le permitiría continuar con su preparación profesional a nivel de posgrado.
Para el ministro no está fundamentado el requisito de “dedicación absoluta” a los estudios, docencia o investigación establecido por el Conacyt para conservar la beca.
“El requisito de ‘dedicación exclusiva’ propicia que el sector de la población más próximo a acceder a la educación se vea desincentivado a obtener un pase a un posgrado
“Por lo que debe concluirse que tal restricción no encuentra justificación constitucional”, indica el fallo. El Univeral.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la exigencia de no dar trabajo a los estudiantes de posgrado que obtengan becas de instituciones como el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).
El pasado miércoles la Segunda Sala de la Corte votó a favor de amparar a un estudiante de posgrado que perdió una beca dada por el Conacyt, debido que se encontraba trabajando en actividad distinta a la docencia o investigación.
El Conacyt resolvió suspender el pago de la beca porque consideró que el quejoso incumplió con el requisito de “dedicación exclusiva”.
Contra la resolución el denunciante llegó hasta el amparo y argumentó la violación a su derecho constitucional a recibir educación, sin embargo, un Tribunal Colegiado le negó la petición por lo que en la revisión el asunto fue admitido por la SCJN.
El expediente fue enviado a la ponencia del ministro Fernando quien concluyó que, efectivamente, se privó al quejoso injustificadamente de la beca que le permitiría continuar con su preparación profesional a nivel de posgrado.
Para el ministro no está fundamentado el requisito de “dedicación absoluta” a los estudios, docencia o investigación establecido por el Conacyt para conservar la beca.
“El requisito de ‘dedicación exclusiva’ propicia que el sector de la población más próximo a acceder a la educación se vea desincentivado a obtener un pase a un posgrado
“Por lo que debe concluirse que tal restricción no encuentra justificación constitucional”, indica el fallo. El Univeral.