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La CNDH emitió una recomendación al IMSS por un caso donde se ocasionó afectaciones neurológicas a un recién nacido
Ciudad de México (Agencia Reforma).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al IMSS por un caso de violencia obstétrica que ocasionó afectaciones neurológicas en un recién nacido.
La recomendación 36/2018, dirigida al director general de la dependencia, Tuffic Miguel Ortega, determina omisiones en la atención médica de un parto, lo que ocasionó en el recién nacido alteraciones del movimiento de las cuatro extremidades, especialmente del lado izquierdo, además de afectaciones en la función del lenguaje y a nivel cognitiva.
De acuerdo con el documento, una mujer con más de 40 semanas de embarazose presentó en el Hospital de Gineco-Obstetricia N°. 4 "Luis Castelazo Ayala" de la Ciudad de México, donde le fue realizado un ultrasonido tras el cual se determinó su ingreso a labor de parto.
A la mujer le suministraron medicamentos para facilitar el grado de dilatación, lo que no se logró. A pesar de ello, la labor de parto continuó y ante los insoportables dolores, ésta solicitó al médico le practicará una cesárea, a lo que el especialista se negó.
El médico, señala la recomendación, realizó el rompimiento de la fuente, introdujo una mano y con la otra presionó el abdomen hacia abajo. El personal médico repitió este procedimiento en tres ocasiones más, además de que continuaron con los tactos vaginales hasta que informaron a la mujer que el producto había cambiado de posición y que era imposible que naciera de forma natural, razón por la cual sería llevada al quirófano para practicarle la cesárea que originalmente le había sido negada.
Al nacer, informa la CNDH, el bebé no lloró y el personal médico determinó que su estado era grave, por lo que fue llevado a terapia intensiva.
En el escrito de queja, relata el organismo, un familiar de la mujer refirió que el recién nacido tuvo crisis convulsiva debido a inflamación en el cerebro, además de que presentaba fractura craneal, hematomas y cúmulo de sangre entre el cerebro y la piel.
El estado de alta gravedad obligó a trasladarlo a la Unidad Médica de Alta Especialidad del Hospital de Pediatría del Centro Médico Nacional Siglo XXI; no obstante, el recién nacido presenta daños neurológicos.
"Al final de sus investigaciones, (la CNDH) encontró elementos de convicción suficientes que acreditan que con la inadecuada atención médica se ejerció violencia obstétrica y se violó el derecho humano a la protección a la salud en agravio de ambas víctimas, y el derecho a una vida libre de violencia obstétrica de ella", sostiene la recomendación.
Por ello, la CNDH demanda al IMSS que se repare integralmente el daño ocasionado a la madre y su hijo, y que se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas para que tengan acceso, en lo conducente, al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.
Además, demanda al organismo proporcionar a la mujer la atención psicológica profesional que necesite, y al bebé la atención médica especializada que requiera con carácter vitalicio.
En caso de requerirlo, establece la CNDH, el IMSS deberá proporcionar al menor la provisión de medicamentos para que pueda alcanzar el disfrute del nivel de salud más alto posible como consecuencia de los daños sufridos.
También exige que se brinde a la madre acceso a los servicios gratuitos de guardería y cuidado acordes con sus necesidades particulares; se le garantice el acceso a servicios e instituciones para incentivar el desarrollo social y educativo -emprendimiento y conclusión de estudios- de su hijo, así como de sus capacidades física, mental, cognitiva, social y vocacional, y otros servicios que sean necesarios para asegurar su desenvolvimiento pleno y una vida independiente y autónoma.
Para el cumplimiento de estas medidas, indica la recomendación, la autoridad responsable deberá constituir, en el plazo de seis meses, un fideicomiso.
Respecto al personal médico involucrado, la CNDH demanda al IMSS su colaboración en la queja que presentará ante el Órgano Interno de Control del Instituto y que se incorpore una copia de la recomendación al expediente laboral y personal de cada uno de ellos.
Más aún, el ombudsman nacional exigió que se capacite al personal sobre los estándares del derecho a la protección de la salud materna y de la niñez, y normas mexicanas en materia de atención a la mujer.
El IMSS, por su parte, deberá acreditar su actuación ante la CNDH, y designar a un servidor público de alto nivel como enlace para dar seguimiento al cumplimiento de la recomendación.
La CNDH emitió una recomendación al IMSS por un caso donde se ocasionó afectaciones neurológicas a un recién nacido
Ciudad de México (Agencia Reforma).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al IMSS por un caso de violencia obstétrica que ocasionó afectaciones neurológicas en un recién nacido.
La recomendación 36/2018, dirigida al director general de la dependencia, Tuffic Miguel Ortega, determina omisiones en la atención médica de un parto, lo que ocasionó en el recién nacido alteraciones del movimiento de las cuatro extremidades, especialmente del lado izquierdo, además de afectaciones en la función del lenguaje y a nivel cognitiva.
De acuerdo con el documento, una mujer con más de 40 semanas de embarazose presentó en el Hospital de Gineco-Obstetricia N°. 4 "Luis Castelazo Ayala" de la Ciudad de México, donde le fue realizado un ultrasonido tras el cual se determinó su ingreso a labor de parto.
A la mujer le suministraron medicamentos para facilitar el grado de dilatación, lo que no se logró. A pesar de ello, la labor de parto continuó y ante los insoportables dolores, ésta solicitó al médico le practicará una cesárea, a lo que el especialista se negó.
El médico, señala la recomendación, realizó el rompimiento de la fuente, introdujo una mano y con la otra presionó el abdomen hacia abajo. El personal médico repitió este procedimiento en tres ocasiones más, además de que continuaron con los tactos vaginales hasta que informaron a la mujer que el producto había cambiado de posición y que era imposible que naciera de forma natural, razón por la cual sería llevada al quirófano para practicarle la cesárea que originalmente le había sido negada.
Al nacer, informa la CNDH, el bebé no lloró y el personal médico determinó que su estado era grave, por lo que fue llevado a terapia intensiva.
En el escrito de queja, relata el organismo, un familiar de la mujer refirió que el recién nacido tuvo crisis convulsiva debido a inflamación en el cerebro, además de que presentaba fractura craneal, hematomas y cúmulo de sangre entre el cerebro y la piel.
El estado de alta gravedad obligó a trasladarlo a la Unidad Médica de Alta Especialidad del Hospital de Pediatría del Centro Médico Nacional Siglo XXI; no obstante, el recién nacido presenta daños neurológicos.
"Al final de sus investigaciones, (la CNDH) encontró elementos de convicción suficientes que acreditan que con la inadecuada atención médica se ejerció violencia obstétrica y se violó el derecho humano a la protección a la salud en agravio de ambas víctimas, y el derecho a una vida libre de violencia obstétrica de ella", sostiene la recomendación.
Por ello, la CNDH demanda al IMSS que se repare integralmente el daño ocasionado a la madre y su hijo, y que se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas para que tengan acceso, en lo conducente, al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.
Además, demanda al organismo proporcionar a la mujer la atención psicológica profesional que necesite, y al bebé la atención médica especializada que requiera con carácter vitalicio.
En caso de requerirlo, establece la CNDH, el IMSS deberá proporcionar al menor la provisión de medicamentos para que pueda alcanzar el disfrute del nivel de salud más alto posible como consecuencia de los daños sufridos.
También exige que se brinde a la madre acceso a los servicios gratuitos de guardería y cuidado acordes con sus necesidades particulares; se le garantice el acceso a servicios e instituciones para incentivar el desarrollo social y educativo -emprendimiento y conclusión de estudios- de su hijo, así como de sus capacidades física, mental, cognitiva, social y vocacional, y otros servicios que sean necesarios para asegurar su desenvolvimiento pleno y una vida independiente y autónoma.
Para el cumplimiento de estas medidas, indica la recomendación, la autoridad responsable deberá constituir, en el plazo de seis meses, un fideicomiso.
Respecto al personal médico involucrado, la CNDH demanda al IMSS su colaboración en la queja que presentará ante el Órgano Interno de Control del Instituto y que se incorpore una copia de la recomendación al expediente laboral y personal de cada uno de ellos.
Más aún, el ombudsman nacional exigió que se capacite al personal sobre los estándares del derecho a la protección de la salud materna y de la niñez, y normas mexicanas en materia de atención a la mujer.
El IMSS, por su parte, deberá acreditar su actuación ante la CNDH, y designar a un servidor público de alto nivel como enlace para dar seguimiento al cumplimiento de la recomendación.