Sólo "le pasó la bolita a otros"

18 enero 2011
Noticias de Yucatán

(alza, impuestos, amparo, FCF, critica, abogados)

18 enero 2011
Los amparos sí son ganables, afirma un organismo cívico
"El Colegio de Abogados salió con una opinión 'light' del decreto 367, que no le aclara dudas a nadie y parece lavarse las manos, pues le pasó la bolita a otros", indica Guillermo Vela Román, del equipo coordinador del Frente Cívico Familiar.


"Es muy cómodo decir que es legal, siempre y cuando los tribunales federales no digan lo contrario y lo anulen. Es una opinión casi sin ganas de opinar, más obligada que voluntaria", agrega el dirigente.

El profesor Vela Román opina que el Colegio de Abogados "sólo sacó algo para que no les digan que se quedaron callados".

El presidente del cuerpo colegiado, Absalón Alvarez Escalante, dijo en un comunicado, como informamos, que el decreto 367 está fundado y motivado, pero "mientras no exista resolución de autoridad competente que declare su nulidad y/o haga cesar en sus efectos".

"Bueno, de todas maneras los amparos que promovemos como organismo cívico van por otro lado, no tienen nada que ver con la legalidad o ilegalidad del decreto 367", apunta Vela Román.

"Los amparos son por los daños que causa el decreto a los derechos ciudadanos, se trata de errores de los que no habló el Colegio de Abogados.

"Se atropellan los derechos de quienes fueron excluídos de la exención en el pago de la tenencia, como son las personas morales. Eso lo convierte en un impuestos inequitativo.

"Decir éste no paga y el otro sí sólo porque el propietario del vehículo es una persona moral es impugnable. Es sujeto de amparo y es totalmente ganable", afirma el dirigente.

"Es un error discriminar a las personas morales del beneficio de la exención del pago.

"Otro error es incluir el IVA en el valor del vehículo para elaborar la tabla de exenciones.

"El IVA es un gravamen y como tal no se le puede aplicar a otro gravamen, como es la tenencia. Estamos frente a una doble tributación, que sí es sujeto de amparo y también es ganable", afirma Vela Román.

"Hay cientos de contribuyentes que, si no se les agregara el IVA en el valor del vehículo, entrarían a la tabla que elaboró Hacienda".

"Y hay un tercer error, relativo al aumento del 2.5% a las nóminas, en el artículo 21 de la Ley de Hacienda, ya que a los socios de despachos, cooperativas y SCP los considera personal subordinado, cuando no lo son.

"Esa medida afecta a quienes reciben remanentes de utilidades, que no es lo mismo que salario de nómina y, por tanto, no debieron ser gravados", recalca.

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