Sancionarán a funcionarios que hayan cobrado más que AMLO y no devuelvan el excedente

20 diciembre 2018
Noticias de Yucatán. 

La Cámara de Diputados aprobó reformas legales para sancionar a los servidores públicos que no devuelvan la diferencia de sus percepciones si rebasan el tope máximo del salario del Presidente de la República.

Con los cambios se facultan a la Auditoría Superior a la Federación, ASF, para presentar denuncias penales por violación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.

En el dictamen aprobado por unanimidad y enviado al Senado, se prevén cambios en la Ley General de Responsabilidades Administrativas para señalar que se incurrirá en cohecho por parte del servidor público que se “abstenga de devolver el pago en demasía de su legítima remuneración”, de acuerdo con los tabuladores que al efecto resulten aplicables, dentro de los 30 días naturales siguientes a su recepción. 

Además, la reforma prevé sanciones si se hacen otro tipo de pagos fuera de la norma.

“Se considerará desvío de recursos públicos, el otorgamiento o autorización, para sí o para otros, del pago de una remuneración en contravención con los tabuladores que al efecto resulten aplicables, así como el otorgamiento o autorización, para sí o para otros, de pagos de jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, liquidaciones por servicios prestados, préstamos o créditos que no estén previstos en ley, decreto legislativo, contrato colectivo, contrato ley o condiciones generales de trabajo”, indica.

En tanto, en el mismo dictamen se aprobaron reformas a la recién modificada Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.

Las reformas son parte de un acuerdo entre coordinadores parlamentarios para corregir las omisiones de la minuta aprobada en septiembre pasado, nueve años después de su discusión en el Senado.

Se precisa que la ley tiene por objetivo regular las remuneraciones que perciben los servidores públicos de la Federación, sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos dotados de autonomía, empresas productivas del Estado y cualquier otro ente público federal. 

En la lista de entes obligados a aplicar la ley de salarios máximos se añade a tribunales administrativos de la Federación; la Comisión Federal de Competencia Económica; el Instituto Federal de Telecomunicaciones; el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y la Comisión Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

También se agrega al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, la Fiscalía General de la República y organismos de la administración pública paraestatal.

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