Noticias de Yucatán
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Proceso contra la Comuna en un juzgado del D.F.
El juez tercero de distrito en materia civil, Felipe Consuelo Soto, de la ciudad de México, sentenció al Ayuntamiento en noviembre a pagar casi $300 millones a Banco Santander por el conflicto legal de las luminarias, mediante una resolución considerada como endeble por los abogados de la Comuna.
El juez Consuelo Soto emitió su sentencia, dice la defensa, en un documento de siete hojas, lo que no es habitual en juicios de este tipo, donde se juegan fuertes cantidades de dinero y las sentencias suelen ocupar cientos de páginas.
La Comuna adelantó que apelará la decisión del juez y “tomará otras medidas”.
Este juicio es distinto al que se lleva en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Yucatán por la denuncia, también contra el Ayuntamiento de Mérida, interpuesta por AB&C Leasing por la terminación anticipada del contrato de arrendamiento de las luminarias de inducción magnética, autorizada por el actual alcalde Renán Barrera.
Demanda
Como informamos ayer, en forma “sospechosa”, según el secretario de la Comuna del Ayuntamiento, Alejandro Ruz Castro, ese Tribunal sigue sin dictar sentencia en ese juicio, luego de 10 meses de que se cerró el periodo de pruebas y cuando la ley marca que puede hacerse ocho días después.
Con respecto a la denuncia de Santander, Jorge Carlos Estrada Avilés, miembro del equipo de abogados que representa a la Comuna en este conflicto, explica que el banco demandó al Ayuntamiento y a la propia compañía AB&C Leasing en octubre de 2012, aunque los tribunales admitieron la demanda hasta enero de 2014.
La demanda del banco es por “el reconocimiento de la plena validez de la cesión de derechos al cobro de las rentas pactadas en el contrato de arrendamiento con opción a compra” celebrado entre el Ayuntamiento y AB&C Leasing, que luego esta empresa transfirió al banco.
También pidió el pago de rentas a partir de febrero de 2013, “hasta que se extinga la obligación de pago respectiva”, en marzo de 2016 ($281 millones), así como el de intereses moratorios sobre las rentas adeudadas.
Estrategia
De AB&C Leasing, socio comercial del banco en la renta de las luminarias, Santander demandó el pago de todas las cantidades que le entregó por concepto de “precio base” de los contratos de factoraje financiero.
Este pago se demandó “como consecuencia de la oposición del municipio a la validez de la transmisión de los derechos de crédito”.
Santander también reclamó de AB&C Leasing el pago de los intereses pactados en las referidas operaciones de factoraje a partir de la fecha en que el municipio negó validez a la transmisión de derechos en factoraje.
Apoyo
En un comunicado de enero de 2014, AB&C Leasing dio la bienvenida a la demanda, “pues además de ser un derecho de Banco Santander, contribuirá al fortalecimiento de la argumentación jurídica que permitirá comprobar la improcedencia de la terminación anticipada del contrato de arrendamiento de las luminarias, determinada por la actual administración municipal”.
Según Estrada Avilés, la demanda del banco contra la Comuna no procedía por la imposibilidad jurídica de exigir el pago de rentas de un contrato de arrendamiento terminado por una resolución administrativa válida, la aprobada por el Cabildo el 24 de abril de 2013, que dio por terminado ese contrato.
Sin permiso
Tampoco procedía, añade, por la inexistencia de vínculos legales entre el municipio de Mérida y Banco Santander, ya que los funcionarios que firmaron los contratos con esa institución -la ex alcaldesa Angélica Araujo Lara y Álvaro Omar Lara Pacheco y Carlos Bastarrachea Lara, secretario y tesorero de la administración anterior, respectivamente- carecían de facultades para hacerlo.
Ayuntamiento | Pleito
Detalles de la demanda de Banco Santander contra la Comuna, por las luminarias
Razones
Otra razón del Ayuntamiento de Mérida para rechazar la demanda de Banco Santander en su contra, dicen los abogados de la Comuna, “fue la nulidad absoluta de los contratos firmado por el banco”.
Ilegal
Nunca existió el consentimiento del Cabildo para eso, explica Jorge Carlos Estrada Avilés uno de los defensores del Ayuntamiento en los dos juicios que se le siguen por el caso de las luminarias.
Rentas
La Comuna no aceptó pagar las rentas pendientes que reclamaba el banco, dice Estrada.
Contrademanda
Pero no sólo eso, añade. El Ayuntamiento contrademandó a Banco Santander por $110 millones correspondientes a las rentas pagadas por la Comuna hasta antes de la cancelación del contrato.
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Sospechan de un tribunal
Fallo retrasado sobre el caso delas luminarias
Desde febrero el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Yucatán debió dictar sentencia en el caso de la demanda de AB&C Leasing contra el Ayuntamiento de Mérida por el asunto de las luminarias, pero no lo ha hecho, hasta el momento.
Ese Tribunal, que ventila el juicio derivado de la denuncia de esa empresa por la nulidad de la terminación anticipada del contrato de arrendamiento de las luminarias de inducción magnética, suscrito por la ex alcaldesa Angélica Araujo y cancelado por Renán Barrera Concha, cerró su periodo de pruebas y dio su última audiencia el 19 de febrero.
Exceso
La terminación del contrato implicó la sustitución de las lámparas de inducción magnética de esa empresa por otras de vapor de sodio.
Diez meses después, el Tribunal de lo Contencioso, a cargo de Diego Barbosa Lara, aún no dicta sentencia, no obstante que, según la ley, tiene ocho días de plazo para hacerlo, luego del cierre del periodo de pruebas.
-No se justifica ese retraso, es un exceso- denuncia el secretario del Ayuntamiento, Alejandro Ruz Castro-. Lo normal es que los tribunales demoren su decisión de tres a cuatro meses, considerando “el retardo a la mexicana”, pero aquí se han excedido y eso da qué pensar.
-El retraso es sospechoso -añade- y por eso la Comuna estudia la posibilidad de interponer un amparo contra ese tribunal, en los próximos días, por denegación de justicia.
Proceso
Como hemos informado, en abril de 2013, AB&C Leasing, una compañía de arrendamiento financiero con sede en Guadalajara, pidió a ese tribunal que ordene a la Comuna suspender el reemplazo de luminarias y siga con el pago de las rentas mensuales convenidas en el contrato.
En agosto, el mismo tribunal emitió un fallo que permitía al Ayuntamiento seguir con el remplazo de las luminarias de inducción magnética, pero le ordenaba seguir pagando la renta de $7.8 millones al mes.
La Comuna se amparó contra esta decisión, pero el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán le negó el recurso con el argumento de que la terminación anticipada del contrato de arrendamiento del Ayuntamiento con AB&C Leasing estaba aún en juicio y, por tanto, la renta de las luminarias debía seguirse pagando hasta que éste se resuelva.
Nuevamente el Ayuntamiento se amparó, esta vez ante el Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del XIV Distrito, que revocó la sentencia del Juzgado Tercero con el criterio de que el Ayuntamiento debe cumplir con el servicio de alumbrado público, no sólo de un modo eficiente, “sino con estricto apego a las disposiciones legales y/o reglamentos que rigen la prestación de este servicio”.
Para los abogados del Ayuntamiento esta resolución fue “de gran relevancia”, ya que le da la razón a la Comuna en su decisión de retirar las lámparas de AB&C Leasing, que no cumplían con la norma y por tanto eran ilegales.
Pruebas
Mientras tanto, el Tribunal contencioso abrió el periodo de diligencias de desahogo de pruebas del caso, que lleva personalmente su presidente Barbosa Lara. En una de las diligencias, la del 29 de enero de 2014, el equipo jurídico de la Comuna presentó pruebas para demostrar que la cancelación anticipada del contrato de las luminarias estuvo apegada a derecho.
La de mayor peso, explica, fue un escrito de ABC& Leasing que detalla el tipo de luminaria que rentaba, la cual, reconoce la empresa, es de inducción magnética, es decir, fluorescentes, lo que, de acuerdo con la ley vigente en ese tiempo, estaban prohibidas para su uso en el alumbrado público.-HERNAN CASARES CAMARA.
En síntesis
Sentencia
Aunque el periodo de presentación de pruebas del juicio derivado de la denuncia de AB&C Leasing contra el Ayuntamiento por la nulidad de la terminación anticipada del contrato de arrendamiento de las luminarias de inducción magnética, concluyó en febrero, hasta la fecha el Tribunal de lo Contencioso Administrativo no dicta sentencia.
Plazo
Según la ley, éste tiene ocho días de plazo para hacerlo, luego del cierre del periodo de pruebas.
Amparo
Para el secretario del Ayuntamiento, Alejandro Ruz Castro, la demora del Tribunal Contencioso “no se justifica, es sospechosa” y por eso la Comuna estudia la posibilidad de interponer un amparo contra ese órgano por denegación de justicia.
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Pruebas sin validez legal
Objetan decisión del Tribunal delo Contencioso
El documento de AB&C Leasing donde reconoce que las lámparas que arrendó al Ayuntamiento son fluorescentes (prohibidas por la ley) es una prueba contundente que justifica la resolución de cancelar el contrato con esa compañía, afirma Manuel Rodríguez Villamil, uno de los abogados de la Comuna meridana en este caso.
Sin embargo, en una diligencia posterior, los abogados de la empresa presentaron una prueba pericial -que el Tribunal aceptó como válida- de un perito de Nuevo León que supuestamente acredita que las lámparas de inducción magnética arrendadas por AB&C Leasing cumplen con la Norma Oficial Mexicana (NOM) para alumbrado público y con las especificaciones que pidió el propio Ayuntamiento en las bases de la licitación.
Dictamen
Rodríguez Villamil solicitó al Tribunal que no acepte esa prueba pericial porque, explica, de acuerdo con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el cumplimiento de la NOM para el alumbrado público no se puede demostrar con una prueba pericial, sino con el dictamen de una Unidad Verificadora de Instalaciones Eléctricas, por lo que la prueba presentada por AB&C Leasing carece de valor.
Estas Unidades son personas o empresas autorizadas por la Secretaría de Energía -hay alrededor de 300 en todo el país- facultadas para vigilar el cumplimiento de las normas en las instalaciones eléctricas de toda la república.
Tercera opinión
La Comuna se basó en el dictamen de una Unidad de Verificación que determinó que las luminarias de inducción magnética no cumplen con la norma oficial y por lo tanto no pueden ser utilizadas para el alumbrado público, para emitir el acuerdo de terminación del contrato con AB&C Leasing.
Tratándose de dos peritajes contrastantes, afirma Rodríguez Villamil, el Tribunal debió pedir una tercera opinión, pero dictaminó que los documentos no son contradictorios y lo dejó así.
Perfil
El presidente de ese tribunal y responsable de la denuncia de AB&C Leasing contra la Comuna es Diego Barbosa Lara, un abogado que ha hecho carrera administrativa y judicial a la sombra de los gobiernos del PRI.
En septiembre de 1995, recién electo Víctor Cervera Pacheco para su segundo periodo como gobernador, Barbosa asumió la presidencia del Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los Trabajadores al Servicio del Estado. Antes había sido vocal de Organización Electoral del I Distrito del IFE. Dos años después, en noviembre de 1997, Cervera Pacheco lo nombró su secretario particular. En 2007, Ivonne Ortega designo a Barbosa presidente de la Junta de Conciliación y Arbitraje y en 2010, el Congreso lo designa magistrado del Tribunal Electoral.Continuará.-H.C.C.
De un vistazo
Carrera
Luego de su paso de casi tres años por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, Miguel Barbosa Lara fue electo magistrado del Tribunal Electoral, por la mayoría priista del Congreso del Estado.
Nombramiento
Este Tribunal, que se uniría al Tribunal Contencioso Administrativo y luego se separaría, nombró a Barbosa Lara presidente, hasta la fecha.
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