Proponen 22 años de cárcel para quien venda vacunas falsas anti covid-19

18 marzo 2021
Noticias de Yucatán. 

Hasta 22 años de cárcel para quien venda vacunas apócrifas y falsos negativos de Covid-19, propuso el presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado, Ricardo Monreal Ávila

Mediante una iniciativa de ley planteó un incremento de penas para quienes cometan fraudes aprovechando la pandemia de Covid-19 en México.

De esta manera, Monreal propuso reformar diversos ordenamientos para sancionar, de manera severa, conductas ilegales que se realizan en el contexto de la pandemia de covid-19, como el ofrecimiento de vacunas no autorizadas, venta de falsos negativos para poder viajar o falsificación de medicamentos, entre otros.

El también coordinador de Morena en el Senado planteó que en la Ley General de Salud se establezca una pena de hasta más de 22 años de prisión, a quien adultere o falsifique medicamentos destinados a la prevención o tratamiento de enfermedades trasmisibles con motivo de un brote o epidemia, y que no cumplan con los requisitos establecidos. 

Precisó que esta sanción se impondrá a las personas que ofrezcan la aplicación de vacunas que no han sido debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria competente y que, por ende, no cuentan con el registro correspondiente para ser comercializadas y, mucho menos, suministradas a la población.

Asimismo, sugirió incluir en el Código Penal Federal castigar, hasta con cinco años de prisión, a las personas que, a sabiendas de ser portadora de enfermedad declarada epidemia por la autoridad sanitaria, haga uso de certificados médicos falsos y pongan en riesgo a otros en el transporte ferroviario, aeronáutico, naviero o cualquier otro medio de servicio público federal o local.

En la iniciativa, el legislador también propuso que las penas aumenten, hasta en una mitad, para aquellos que se aprovechen de las condiciones ocasionadas por una emergencia sanitaria para cometer el delito de fraude.

Lo anterior, explicó, es conducente, toda vez que a esta conducta ilícita se agrega el agravante de aprovechar las condiciones de necesidad y urgencia provocadas por una contingencia, “aspecto que no puede ser ignorado por el legislador para disponer una sanción más severa”, concluyó.

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