El silencio electoral obliga a todoslos ciudadanos

12 febrero 2012
Noticias de Yucatán

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Publicada:  12 febrero 2012
A partir de hoy, los aspirantes a cargos de elección popular, que compiten en el proceso del Estado, entran a la etapa de silencio electoral, es decir, ya no podrán realizar ningún tipo de actividades de proselitismo
A partir de hoy, los aspirantes a cargos de elección popular, que compiten en el proceso del Estado, entran a la etapa de silencio electoral, es decir, ya no podrán realizar ningún tipo de actividades de proselitismo Ver fotos(1)
No respetar el "silencio electoral" podría ser motivo incluso de la cancelación del registro de un partido o la negación del registro de un candidato, y cualquier persona podría denunciarlo.

Con el comienzo, hoy, de la etapa de "silencio electoral" en el proceso estatal, José Antonio Martínez Magaña, consejero electoral general del Estado, exhortó a la ciudadanía a estar vigilante de que se cumpla esta disposición.

El funcionario señaló que, de acuerdo con el artículo 355 de la Ley Electoral del Estado, cualquier persona podrá presentar quejas o denuncias por presuntas violaciones a esta norma.

Además, puntualizó que a partir de hoy ya no deben realizarse actividades de proselitismo, pues lo contrario sería romper el "silencio electoral", al menos en lo que se refiere al proceso local.

Ayer fue el último día de precampaña para quienes buscan ser candidatos a gobernador.

El consejero precisó que no solo los partidos o precandidatos pueden incurrir en esta violación, sino también los particulares podrían hacerlo.

Las sanciones para quienes violen esta disposición -continuó el consejero-, van desde una simple amonestación, o multas, hasta suspensión o cancelación del registro de los partidos, o negarle el registro al candidato, según la gravedad de la violación.

Aunque las denuncias se pueden presentar en cualquiera de los 106 consejos electorales municipales, los 15 distritales o el general, finalmente será en éste último donde se resolvería, explicó.

Martínez Magaña pidió que en caso de que se presente una denuncia, ésta se haga conforme lo establece el mismo artículo 355: no puede ser anónimo, el denunciante debe identificarse y firmar la queja o denuncia, incluso deberá dar un domicilio para oír y recibir notificaciones. Además, deberán aportar pruebas de la presunta violación a la ley, indicó.- DAVID DOMíNGUEZ M.
 

Tema: Elecciones en Yucatán 
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De un vistazo

Al Consejo General

Las denuncias o quejas que se presenten por no respetar el silencio electoral le corresponderá resolverlas al Consejo General.

El procedimiento

Las denuncias primero se turnan a la Secretaría del Consejo, para revisar si cumple todos los requisitos y, si es así, se pasa a la Comisión de Quejas, que deberá dictaminarlas y pasarlas al pleno del Consejo, donde se definirá si procede, o no y, de ser procedente, definir las sanciones que consideren.
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