Noticias de Yucatán
31 de agosto de 2015
Mérida, Yucatán. Al parecer la ley que rige el
funcionamiento de los municipios tiene severas lagunas que podría ser materia
de estudio para los nuevos legisladores locales, ya que todo parece indicar que
podría generarse en Yucatán una especie de “vacío de poder” en el ámbito
municipal.
La reflexión es muy sencilla:
1.
El alcalde Renán Renán Barrera, concluye en sus
funciones hoy lunes 31 a las 12 de la noche. Desde ese momento deja de ser
alcalde por mandato constitucional que dice que el cargo dura tres años, ni un
minuto más.
2. El
alcalde electo, aunque de facto entra en funciones, jurídicamente sigue siendo
eso “alcalde electo” y no es sino hasta las 19 o 20 horas del día 1 de
septiembre, cuando al rendir protesta en sesión solemne de Cabildo ya adquiere
el estatus de alcalde. Con la formal toma de protesta es cuando queda
legal y legítimamente instalado el Ayuntamiento por el período correspondiente”.
3. Lo
anterior significa entre la salida de Renán y la toma de protesta de Vila, hay
un vació de poder de por lo menos 19 o 20 horas.
Aquí fundamentamos
esta afirmación
Artículo 26.- El día primero de septiembre al inicio del
ejercicio constitucional, el Ayuntamiento se constituirá en sesión solemne de
Cabildo, en la que el Presidente Municipal
electo, rendirá el compromiso constitucional y, atestiguará la que realicen
los demás Regidores propietarios.
Cuando por causa de fuerza mayor, no sea factible dicha
sesión en el lugar previsto, podrá realizarse en un lugar distinto a la sede
del Ayuntamiento, pero siempre dentro de la cabecera municipal.
En dicha sesión solemne, a los Regidores y demás
asistentes, se les solicitará ponerse de pie y el presidente electo, dirá:
"Me comprometo a guardar y hacer guardar la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado de Yucatán; la Ley de
Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán y las demás disposiciones que
de ellas emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente
Municipal, que el pueblo me ha conferido; y pugnar en todo momento por el bien
y la prosperidad de la Nación, del Estado y del Municipio, y si así no lo
hiciere, que la Nación, el Estado y el Municipio me lo demanden".
En seguida, el Presidente Municipal preguntará a los
demás integrantes del Cabildo: "¿Se comprometen a guardar y hacer guardar
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución
Política del Estado de Yucatán, la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado
de Yucatán y las demás disposiciones que de ellas emanen, y desempeñar leal y
patrióticamente el cargo de Regidor que el pueblo les ha conferido, pugnando en
todo momento por el bien y la prosperidad de la Nación, del Estado y del
Municipio?".
Los interrogados deberán contestar: "Sí, me
comprometo".
El Presidente Municipal dirá entonces: "Si así no lo
hicieren, que la Nación, el Estado y el Municipio, se los demande".
Inmediatamente después, el Presidente Municipal hará la
siguiente declaratoria: "Queda
legal y legítimamente instalado el Ayuntamiento por el período correspondiente”.
Seguidamente designará al Secretario Municipal, de entre
sus integrantes, a propuesta del Presidente Municipal.
Se ha anunciado de Vila Dosal realizará dos eventos
previos a la toma de posesión y de acuerdo con el artículo 26 de la Ley de
Gobierno delos Municipios del Estado de Yucatán, lo hará en calidad de alcalde
electo, no como alcalde ya legal y legítimamente constituido.