“Vacío de poder” de 20 horas en el ámbito municipal

31 agosto 2015
Noticias de Yucatán



31 de agosto de 2015

Mérida, Yucatán. Al parecer la ley que rige el funcionamiento de los municipios tiene severas lagunas que podría ser materia de estudio para los nuevos legisladores locales, ya que todo parece indicar que podría generarse en Yucatán una especie de “vacío de poder” en el ámbito municipal.
La reflexión es muy sencilla:
1.       El alcalde Renán Renán Barrera, concluye en sus funciones hoy lunes 31 a las 12 de la noche. Desde ese momento deja de ser alcalde por mandato constitucional que dice que el cargo dura tres años, ni un minuto más.
2.       El alcalde electo, aunque de facto entra en funciones, jurídicamente sigue siendo eso “alcalde electo” y no es sino hasta las 19 o 20 horas del día 1 de septiembre, cuando al rendir protesta en sesión solemne de Cabildo ya adquiere el estatus de alcalde. Con la formal toma de protesta es cuando  queda legal y legítimamente instalado el Ayuntamiento por el período correspondiente”.

3.       Lo anterior significa entre la salida de Renán y la toma de protesta de Vila, hay un vació de poder de por lo menos 19 o 20 horas.

Aquí fundamentamos esta afirmación
Artículo 26.- El día primero de septiembre al inicio del ejercicio constitucional, el Ayuntamiento se constituirá en sesión solemne de Cabildo, en la que el Presidente Municipal electo, rendirá el compromiso constitucional y, atestiguará la que realicen los demás Regidores propietarios.

Cuando por causa de fuerza mayor, no sea factible dicha sesión en el lugar previsto, podrá realizarse en un lugar distinto a la sede del Ayuntamiento, pero siempre dentro de la cabecera municipal.

En dicha sesión solemne, a los Regidores y demás asistentes, se les solicitará ponerse de pie y el presidente electo, dirá: "Me comprometo a guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado de Yucatán; la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán y las demás disposiciones que de ellas emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente Municipal, que el pueblo me ha conferido; y pugnar en todo momento por el bien y la prosperidad de la Nación, del Estado y del Municipio, y si así no lo hiciere, que la Nación, el Estado y el Municipio me lo demanden".

En seguida, el Presidente Municipal preguntará a los demás integrantes del Cabildo: "¿Se comprometen a guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Yucatán, la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán y las demás disposiciones que de ellas emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Regidor que el pueblo les ha conferido, pugnando en todo momento por el bien y la prosperidad de la Nación, del Estado y del Municipio?".

Los interrogados deberán contestar: "Sí, me comprometo".

El Presidente Municipal dirá entonces: "Si así no lo hicieren, que la Nación, el Estado y el Municipio, se los demande".

Inmediatamente después, el Presidente Municipal hará la siguiente declaratoria: "Queda legal y legítimamente instalado el Ayuntamiento por el período correspondiente”.

Seguidamente designará al Secretario Municipal, de entre sus integrantes, a propuesta del Presidente Municipal.


Se ha anunciado de Vila Dosal realizará dos eventos previos a la toma de posesión y de acuerdo con el artículo 26 de la Ley de Gobierno delos Municipios del Estado de Yucatán, lo hará en calidad de alcalde electo, no como alcalde ya legal y legítimamente constituido.
compartir en facebook compartir en twitter compartir en google+

Visitas

Opinión

Elecciones

Nota Destacada