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Luego de que VANGUARDIA publicara que Fabián Núñez está registrado en dos cargos públicos: director de Control y Seguimiento, en el Cecytec, y jefe de Departamento de Edición, en el Inedec, la Fiscalía Anticorrupción informó que abrió una carpeta de investigación de oficio.
Jesús Flores, titular de la dependencia, detalló que en la indagatoria determinarán el tipo de plazas que tiene el funcionario, cuándo le fueron otorgadas y sus horarios, entre otras cosas, para así determinar si violó la ley e iniciar el proceso penal respectivo.
Y es que, cuestionado sobre qué hacer para evitar la duplicidad de cargos públicos, el fiscal fue tajante: “aplicar el Código Penal del Estado”, el cual considera un delito el “servicio no prestado”.
“Es difícil creer que como director tengas el tiempo suficiente para desempeñar otra función en el sector público”, señaló al respecto –y a título personal–Alejandra Wade, directora del Consejo Cívico de las Instituciones de Coahuila.
Por su parte, la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas dio a conocer que ya solicitó que se inicien auditorías en el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Coahuila (Cecytec) y en el Instituto Estatal del Deporte de Coahuila (Inedec).
“Pedí una auditoría por parte de Auditoría Gubernamental, para que se inicie en esas dependencias y otras más”, dijo Teresa Guajardo, titular de Fiscalización, “y según los resultados iniciar los procedimientos administrativos respectivos”.
Wade: merecemos una explicación de sus jefes
La directora del Consejo Cívico señaló que ante casos como éste, “los ciudadanos merecemos una explicación del funcionario, pero sobre todo de sus jefes”. No obstante, tanto Núñez como Francisco Tobías, titular del Cecytec, evitaron hablar al respecto, pese a que fueron buscados.
El Artículo 31 de la Constitución del Estado es claro: “La condición de servidor público del Estado o del Municipio, independientemente de la categoría, es incompatible con el desempeño de cualquier otro cargo de la Federación, del Estado o de los Municipios”.
Hasta 9 años de cárcel
Según el Artículo 422 del Código Penal de Coahuila:
“Comete el delito de percepción ilegal de recursos económicos públicos, quien, sea o no servidor público (…) otorgue o perciba cualquier clase de remuneración o pago proveniente de una entidad oficial del Estado o de cualquiera de sus municipios, por un servicio de cualquier índole supuestamente brindado, sin que en realidad lo haya prestado”.
Por lo cual se impondrán penas de dos a nueve años de prisión y de 500 a tres mil días de multa, según la cuantía de percepción ilegal de recursos públicos. Vanguardia