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Quizá muchos ya no lo recuerden, pero en la absurda reforma
a la Ley de Transporte del Estado de Yucatán y su respectivo reglamento, se
estableció una prohibición expresa a las plataformas electrónicas (Uber,
Cabify, Etc.) colocar en los vehículos –que son de particulares- propaganda
electoral.
Esta prohibición está contenida en el artículo 39 del
citado reglamento:
ARTÍCULO 39. … I. a la VII. …
IX. Abstenerse de
colocar, en los vehículos en los que se preste el servicio, propaganda
electoral.
La reforma que modifica el reglamento de la de la Ley de
Transporte del Estado de Yucatán, en materia de transporte de pasajeros contratado
a través de plataformas tecnológicas, aprobada por Rolando Rodrigo Zapata Bello, gobernador del
estado de Yucatán, está en el Decreto 407/2016.
Cierto que la ley de marras de Rolando Zapata está en
suspenso a consecuencia de una suspensión definitiva otorgada por un juzgado
federal en un proceso de amparo, pero ahí queda la intención electorera del gobierno
y queda de manifiesto, una vez más, que en Yucatán se aplica la ley de las dos
pesas y dos medidas.
Los taxistas no sólo pueden usar propaganda, sino que
lo hacen de manera obligada y a favor del PRI –partido de Rolando en el gobierno-
mientras que a Uber y a las demás plataformas se les prohibió de manera
expresa.
A todas luces una medida injusta, que falta a la equidad en la competencia electoral. ¿Hasta cuando?