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Expediente PES.- 031/2018 correspondiente al Procedimiento Especial Sancionador, interpuesto por los ciudadanos Rita de la Cruz Farjat Vázquez, María Eugenia Núñez Zapata, Juan Elías Chaia Shaadi y Alberto Arjona Ordaz; en contra del Partido Revolucionario Institucional y del C. Diego Alberto Lugo Interián, candidato a reelegirse como Presidente Municipal de Sucilá, Yucatán del partido antes mencionado; por la violación al principio de imparcialidad, derivado de la presunta participación del candidato en actividades proselitistas en días y horas hábiles.
En el proyecto de resolución se declaró inexistente las infracción denunciada; después del análisis exhaustivo de las pruebas presentadas, no se advirtió aspecto alguno que permita tener por acreditada las afirmaciones realizadas por los denunciantes respecto a la comisión de actos de proselitismo en días y horas hábiles, ya que las pruebas no permiten generar convicción alguna respecto de la veracidad de su contenido.
El caso de Tekax, en los mismos términos
Ayer dimos a conocer que las mismos quejosos presentaron denuncia contra el alcalde de Tekax que también aspira a ser alcalde de nuevo por el Verde y hace campaña en horas de trabajo, pero el TEEY declaró improcedencia por falta de pruebas.
Expediente PES.- 031/2018 correspondiente al Procedimiento Especial Sancionador, interpuesto por los ciudadanos Rita de la Cruz Farjat Vázquez, María Eugenia Núñez Zapata, Juan Elías Chaia Shaadi y Alberto Arjona Ordaz; en contra del Partido Revolucionario Institucional y del C. Diego Alberto Lugo Interián, candidato a reelegirse como Presidente Municipal de Sucilá, Yucatán del partido antes mencionado; por la violación al principio de imparcialidad, derivado de la presunta participación del candidato en actividades proselitistas en días y horas hábiles.
En el proyecto de resolución se declaró inexistente las infracción denunciada; después del análisis exhaustivo de las pruebas presentadas, no se advirtió aspecto alguno que permita tener por acreditada las afirmaciones realizadas por los denunciantes respecto a la comisión de actos de proselitismo en días y horas hábiles, ya que las pruebas no permiten generar convicción alguna respecto de la veracidad de su contenido.
El caso de Tekax, en los mismos términos
Ayer dimos a conocer que las mismos quejosos presentaron denuncia contra el alcalde de Tekax que también aspira a ser alcalde de nuevo por el Verde y hace campaña en horas de trabajo, pero el TEEY declaró improcedencia por falta de pruebas.