El joven rugbier sostenía una relación de pareja con Silva, según declara su familia, aunque la Justicia no logró comprobarla y por ello se desestimó el agravante por el vínculo.
Para el Tribunal, la acusada atropelló al joven pero lo hizo sin intención de asesinarlo.
Según el fallo de los jueces, la condena se encuadra en el delito de homicidio culposo agravado y se conoció en un clima de tensión y conmoción, y con fuerte presencia mediática. Es que el caso captó la atención de todo el país.
De acuerdo a lo resuelto por el tribunal y según se lee en la sentencia, Julieta Silva cumplirá la condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria, por lo que no irá a la cárcel, y además fue inhabilitada por 8 años para conducir, según el artículo 84 bis del Código Penal. Para los jueces Rodolfo Luque, Julio Bittar y María Eugenia Laigle se trató de un accidente y tampoco estaba probada la relación entre ella y Fortunato.
Según figura en el expediente de la investigación penal preparatoria (encabezada por la fiscal de instrucción de San Rafael, Andrea Rossi), la madrugada del 9 de septiembre de 2017, Silva y Fortunato habían ido a un pub en la ciudad de San Rafael. Cerca de las 5 am —según aportaron testigos y se observa en la cinta de un video de seguridad— los jóvenes protagonizaron una discusión que habría comenzado en el interior del bar y continuó en la vía pública.
Luego de la discusión, Silva subió a su vehículo y —siempre de acuerdo a lo reconstruido durante la instrucción— Fortunato intentó convencerla desde afuera para que no se fuera. Incluso, el joven corrió unos segundos a la par del vehículo en movimiento para luego caer al piso. En el instante en que Genaro intentaba reincorporarse, el auto de Silva (que según las pericias posteriores había avanzado 150 metros y luego girado en U para volver sobre su rastro) lo atropelló y lo arrastró más de 3 metros hasta que detuvo la marcha. Al bajar del vehículo, Julieta vio que Genaro estaba muerto. Ambos tenían más alcohol en sangre del permitido para conducir, algo que fue confirmado posteriormente con los peritajes toxicológicos. Fortunato tenía 1,8 gramos de alcohol por litro en sangre y Silva 0,8. El Máximo permitido es de 0,5 gramos de alcohol por litro en sangre.
Durante el juicio, el abogado de la mujer, Alejandro Cazabán, solicitó la absolución de la imputada e insistió en que no había ninguna relación entre los jóvenes. “Eso se cayó desde el principio, por eso no se consideró el agravante por el vínculo”, manifestó Cazabán a CNN.
En tanto, el abogado de la familia del joven rugbier pidió prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por el vínculo, lo cual no pudo ser comprobado. Por su parte, el fiscal Fernando Guzzo —quien representó al Ministerio Público Fiscal en el juicio en su rol de jefe de la Unidad Fiscal de Homicidios— la había acusado por homicidio simple con dolo eventual (penas de entre 8 y 25 años de prisión) y por homicidio culposo agravado (pena máxima de 5 años).
"Estoy devastado"
Miguel Fortunato, padre de Genaro, se mostró desolado luego de que se conociera la condena. "Esto es desgastante, terrible, injusto, tremendo. Todos los adjetivos negativos que se te ocurran, estoy realmente devastado. Siempre he sido positivo por lo general con todo, pero esto me ha destruido", resumió el hombre a CNN.
"No sé nada de leyes, pero habíamos andado e investigado mucho", agregó.
Consultado sobre una posible apelación de la condena, fue contundente. "Hoy es un día en que ni siquiera sé cómo me llamo, no sé qué va a pasar mañana", sentenció compungido.
"Seguimos creyendo que Julieta es inocente"
Alejandro Cazabán, abogado de Julieta Silva, insistió en que corresponde que se absuelva a su defendida. "Seguimos creyendo que Julieta es inocente. No hay elemento cierto que establezca que lo vio o pudo haberlo visto", resumió el abogado.
"El fallo es un paso más y deja de lado el tema del dolo y el argumento del Ministerio Público Fiscal. Son tres jueces que, unánimemente, dejan de lado el tema de la culpa. Ahora vamos a esperar los fundamentos y en base a ello vamos a ver si vamos o no a la Corte", sintetizó Cazabán, quien insistió en que "no hay elementos para condenar".
"Veníamos de una imputación dolosa, con una eventual pena de prisión perpetua. Pero seguimos creyendo que corresponde la absolución. La pericia mecánica y lumínica indica que era imposible visibilizar el cuerpo. La zona estaba muy oscura", sentenció.
El Ministerio Público Fiscal de Mendoza pedirá que se anule la sentencia
La condena del tribunal sanrafaelino distó mucho de la pedida por el Ministerio Público Fiscal de Mendoza. Por esta razón, el fiscal Fernando Guzzo anunció este martes que van a casar la sentencia.
“Esto se ha tratado de algo mucho más grave que un accidente, la condena es disímil”, resumió Guzzo en conferencia de prensa.
Para el fiscal decir que se trató de solo un accidente “es llamativo”.
“No tenemos dudas, en base a la prueba recogida, que el resultado debe ser distinto. Vamos a esperar a leer los fundamentos y desde el lunes tenemos plazo para hacer la casación”, siguió.
El fiscal consideró además que la Corte provincial va a tener todos los elementos para anular la sentencia y emitir un fallo directo. “A lo largo de todo el debate quedó evidenciado que de trató de una conducta dolosa. Y no hay ninguna duda de que eran pareja”, argumentó Guzzo públicamente al defender la acusación que hizo durante el juicio.
“No puede no haberlo visto (a Fortunato), como ella dice. En la mecánica en que ocurrieron los hechos, no quedan dudas del dolo”, sentenció.