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MÉXICO (EFE).- El órgano de transparencia mexicano instruyó a la Fiscalía de México a buscar y entregar información estadística sobre investigaciones iniciadas por el delito de desaparición forzada de 1960 a febrero de 2015, detalló hoy el organismo.
Un particular solicitó “el número de hechos investigados por la Procuraduría General de la República (PGR, fiscalía), el número de averiguaciones previas que a la fecha se encuentran en integración y en cuántos casos se determinó el ejercicio de la acción penal”, explicó Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Además, el mismo particular pidió información respecto a sobre cuántas personas se ejerció acción penal, por qué delitos y el estado de los procesos, además de otros tatos como el número total de ofendidos o víctimas de cada evento, sexo de los ofendidos o dependencias de Gobierno a la que pertenecía cada funcionario público investigado.
En respuesta inicial, la PGR proporcionó un cuadro con información estadística del fuero federal, relacionada con el delito de desaparición forzada, de 1960 a 2015.
Sin embargo, dicho cuadro catalogaba como “información no disponible” aquella correspondiente al periodo comprendido de 1960 al 2000, reveló el INAI
Asimismo, la Fiscalía señaló que en sus bases de datos no existen variables que permitan conocer las razones de prescripción de los delitos, las personas ofendidas o víctimas, el sexo de las mismas o las dependencias de gobierno” de los funcionarios investigados, entre otros.
Inconforme, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI.
En alegatos, la PGR señaló que “puso a disposición la totalidad de la información estadística con la que cuenta y agregó que, en su caso, los documentos fuente serían las propias averiguaciones previas en cuestión que tienen el carácter de reservadas”.
Además, la Fiscalía se declaró incompetente para conocer los procedimientos penales federales y las sentencias emitidas en éstos, argumentando que compete al Poder Judicial de la Federación.
Aunado a ello, la PGR informó de un portal en Internet en el cual podría obtener mayor información a la proporcionada inicialmente, aunque según describió el INAI este solo da datos de averiguaciones previas a partir de enero de 2014.
Al analizar el caso, se advirtió que la PGR no cumplió con el procedimiento de búsqueda establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicada en mayo de este año.
Por otro lado, se acreditó que la Coordinación General de Investigación cuenta con datos como los solicitados por el particular, ya que entregó esta información a las Naciones Unidas en 2011 en el marco de un trabajo cooperativo.
También se observó que con anterioridad la PGR había entregado información con un nivel de desglose mayor al que obra en sus bases de datos.
“En ese sentido, se concluyó que la dependencia omitió garantizar el pleno ejercicio del derecho de acceso a la información del particular”, determinó el INAI.
Por ello, el órgano modificó la respuesta de la PGR y le instruyó una búsqueda “en todas sus unidades administrativas competentes y en los sistemas de datos (…) a fin de que entregue al particular la información de su interés o, en su defecto, a través de su Comité de Información declare la inexistencia parcial”.
A principios de agosto, el INAI ordenó también a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) buscar y entregar información estadística sobre las desapariciones forzadas registradas en el país de 1960 hasta febrero de 2015.