Desmienten a un magistrado

17 junio 2011
Noticias de Yucatán

(judicial, impunidad, abuso, injusticia, magistrados)

17 junio 2011
Desacuerdo con unas decalaraciones sobre el caso Grettel

El abogado Oscar Sauri Bazán manifestó su desacuerdo con unas declaraciones que publicamos ayer del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Yucatán, Marcos Celis Quintal, en relación con el caso de la joven Grettel Rodríguez Almeida, quien sufrió una agresión de su ex novio Germán Ortega.

-Es muy lamentable que el presidente de Tribunal vierta opiniones sobre el caso de Grettel sin estar, al parecer, bien informado, como lo hace en la nota del Diario donde dice: "Se le dictó auto de formal prisión por homicidio en tentativa, se amparó y el delito se reclasificó, pero aún así se le impuso la condena más alta posible".

Según Sauri Bazán, esas declaraciones no son exactas y faltan a la verdad, pues a Ortega de le dictó auto de formal prisión por tentativa de homicidio calificado; el amparo no se le concedió para que se reclasificara el delito, sino para efectos de que la jueza segunda penal argumentara la tentativa; y ésta jueza, en lugar de eso, reclasificó el delito como lesiones calificadas.

-Mi cliente (Grettel) apeló esa resolución de la jueza y ésta, sin esperar la respuesta del Tribunal Superior de Justicia, dictó sentencia de un año ocho meses al procesado sin cumplir con la mínima de dos años que establece en su artículo 359 el Código Penal del Estado, cuando son lesiones en la cara -añade-. De lo anterior podemos ver que ni fue el amparo el que reclasificó el delito, ni se le impuso la condena más alta posible, por lo cual son falsas la declaraciones del señor magistrado.

El abogado Sauri indica que es igualmente falso lo que el fiscal general del Estado (Héctor Cabrera) y el mismo magistrado Celis han estado diciendo a los medios de comunicación en el sentido de que Ortega fue dejado en libertad porque cumplió su condena. El procesado, subraya, no podía cumplir o compurgar su condena porque estaba suspendida la sentencia; existía una suspensión firme. Quien lo haya dejado salir violó la suspensión de un juicio de amparo directo, suspensión dictada por la jueza segunda.

-Dicha suspensión en su parte sustantiva dice... se suspende la ejecución de la sentencia reclamada hasta en tanto se resuelva el juicio de garantías que se insta, para lo cual comuníquesele a la gobernadora y a los directores de prevención y readaptación social, readaptación social e identificación y servicios periciales... que se suspenden las sanciones impuestas al referido sentenciado, hasta en tanto se resuelva en definitiva. (la resolución se puede leer completa en la página de Facebook de Sauri Bazán).

-Quien diga lo contrario o es un ignorante, un mentiroso o un corrupto -agrega el abogado-. La violación a la suspensión en un amparo es un delito grave, así es que quien haya dejado libre a ese procesado se enfrenta a un serio problema.

Por último, cita el artículo 206 de la Ley de Amparo que dice: La autoridad responsable que no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, será sancionada en los términos que señala el Código Penal aplicable en materia federal para el delito de abuso de autoridad, por cuanto a la desobediencia cometida; independientemente de cualquier otro delito en que incurra.

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