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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que no se tiene previsto una prórroga adicional en la entrada en vigor del nuevo proceso de cancelación de facturas, por lo que los servicios requeridos estarán a disposición de los contribuyentes en el portal de internet el 1 de noviembre.
En un comunicado, el SAT indicó la fecha 100 por ciento de los proveedores de certificación ya están habilitados para operar el nuevo esquema.
El Código Fiscal de la Federación prevé que las facturas sólo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación, con lo que se garantiza el derecho del receptor de enterarse de la petición de cancelación y poder aceptarla o rechazarla.
Lo anterior, en razón de que se detectó que algunos contribuyentes emisores de comprobantes los cancelaban injustificadamente de manera unilateral, sin importar que estos ya estuvieran pagados y la operación que soportaban se hubiera realizado efectivamente.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que no se tiene previsto una prórroga adicional en la entrada en vigor del nuevo proceso de cancelación de facturas, por lo que los servicios requeridos estarán a disposición de los contribuyentes en el portal de internet el 1 de noviembre.
En un comunicado, el SAT indicó la fecha 100 por ciento de los proveedores de certificación ya están habilitados para operar el nuevo esquema.
El Código Fiscal de la Federación prevé que las facturas sólo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación, con lo que se garantiza el derecho del receptor de enterarse de la petición de cancelación y poder aceptarla o rechazarla.
Lo anterior, en razón de que se detectó que algunos contribuyentes emisores de comprobantes los cancelaban injustificadamente de manera unilateral, sin importar que estos ya estuvieran pagados y la operación que soportaban se hubiera realizado efectivamente.